Ponen condiciones a las expropiaciones en la avenida de la Paz
Más de 160 firmas avalan un escrito enviado por los vecinos de la Asociación de Doña Carlota-Puente, en trámites de legalización, al gerente municipal de Urbanismo, en el que se exponen las peticiones de éstos acerca de la expropiación, del polígono 43 de la avenida de La Paz.Los vecinos dicen no estar conformes con el proyecto de expropiación forzosa, por creer que daña sus intereses como propietarios e inquilinos de los inmuebles objeto del proyecto, ya que la revalorización de los terrenos actuales se debe exclusivamente a la labor de urbanización total de la zona por parte de los vecinos, por lo que piden que dicho proyecto sea anulado.
Sin embargo, en el supuesto de que por motivos urgentes de utilidad pública e interés social fuese imprescindible la expropiación, los vecinos exigen que sea objeto de expropiación sólo lo verdaderamente necesario y que se acepten las siguientes opciones para los previsibles damnificados:
-Que la Administración proporcione una vivienda que reúna condiciones mínimas, nunca inferiores a las actuales, a cada propietario de los inmuebles afectados por la expropiación, así como una cantidad en metálico, en concepto de indemnización, que debe estar de acuerdo con el justo precio del suelo expropiado y del futuro suelo adquirido.
- Que la Administración proporcione una vivienda en propiedad a cada uno de los vecinos que actualmente se encuentren en régimen de alquiler, teniendo en cuenta que la vivienda reúna las condiciones suficientes de habitabilidad y esparcimiento, que la cantidad a abonar por cada inquilino en concepto de entrada inicial no sea superior a las 30.000 pesetas y que cada mensualidad no exceda la cifra de 1.000 pesetas.
Otras de las condiciones solicitadas son que las viviendas que se entreguen se encuentren en la misma zona que actualmente ocupan, que se abone a cada propietario que no desee vivienda un precio justo por la expropiada, que se considere a los locales de negocio en la misma forma que las viviendas y se les proporcione un local debidamente escriturado y a aquellos que no sean propietarios del local que se les dé otro.
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