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Firmado el convenio de la enseñanza privada

Ha sido firmado el primer convenio colectivo nacional de la enseñanza privada, que afecta a unos 150.000 trabajadores (todos los vinculados a centros docentes).Los salarios acordados en el mismo tendrán carácter retroactivo al primero de enero pasado. La tabla salarial se divide en tres fases de retribuciones: hasta el 1 de octubre último, la primera; desde aquella fecha al 1 de enero de 1977, la segunda, y hasta el 1 de septiembre de este último año citado, la tercera.

En la primera fase se establecen salarios, en educación preescolar, que oscilan entre las 12.200 pesetas para el celador, hasta las 23.256 para el director; que en la segunda se elevan, respectivamente, a 12.900 y 33.956; y en la tercera, a 13.200 y 36.156 pesetas.

En Educación General Básica, los salarios varían entre las 16.000 pesetas para el adjunto de taller de laboratorio, hasta las 32.256 del director, en la primera fase, de 18.257 a 35.656, en la segunda, y de 19.982 a 38.256 pesetas, en la tercera.

En Bachillerato Unificado y Polivalente, en las tres fases citadas los salarios varían, desde las 21600, 27.000 y 29.400 del adjunto de taller de laboratorio, a las 37.680, 41.280 y 43.980 del director de centro.

El convenio fija también tablas salariales para el personal de Formación Profesional, enseñanzas especializadas de carácter profesional, centros de idiomas, colegios Mayores y residencias universitarias, escuelas hogar y personal no docente.

En el articulado del convenio se establece que las mejoras económicas son repercutibles en los precios y podrán ser absorbidas por las que en el futuro puedan establecerse por disposición legal, o por aquellas que voluntariamente hayan venido abonando los centros a la entrada en vigor del pacto (publicación en el Boletín Oficial del Estado), siempre que no tengan concepto de salario base, o plus de antigüedad.

Recoge asimismo el convenio la creación del consejo asesor y la categoría de vigilante de transporte escolar, así como el complemento personal de antigüedad, plus de COU y de residencia y premio de jubilación, entre otras cosas.

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