No se exigirá superficie mínima a las panaderías
La disposición de marzo pasado, que exigía un mínimo de 30 metros cuadrados para los locales en los que se pretendiera vender pan, ha sido derogada, aunque hay que señalar que esta derogación sólo afecta a los establecimientos que durante años venían funcionando como panaderías; mientras que a los nuevos despachos sí que se les exigirán estas dimensiones.Con esta derogación se arregla en parte el problema que tenían planteado los comerciantes que no tenían posibilidades de agrandar sus locales.
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