Fórmulas para excluir al Partido Comunista
La primera fórmula para la prohibición legal de las asociaciones comunistas, aprobada por el Pleno de las Cortes del 9 de junio, y hecha suya por la Comisión de Justicia, contenida en el punto quinto del proyecto del artículo 172 del Código Penal, dice que serán asociaciones ilícitas:« Las que, sometidas a una disciplina internacional, se propongan implantar un sistema totalitario.»
Posteriormente, la misma Comisión de Justicia propuso como alternativa esta otra fórmula, que declara ilícitas las asociaciones:
«Que, por su objeto, programa, actuación o circunstancias, atenten a la dignidad o a la libertad humanas, o sean contrarias al pluralismo asociativo como medio para la participación política.»
Por último, para el pleno que se celebrará hoy, cuatro grupos parlamentarios de las Cortes han propuesto la siguiente redacción para el punto quinto del artículo:
«En todo caso, los grupos, asociaciones o partidos comunistas, nacionales o internacionales.»
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