Los vecinos de Chamberí piden elección democrática del alcalde
La elección democrática, directa y por sufragio universal del alcalde y los delegados de servicios, la revisión a corto plazo del Régimen Municipal Especial de Madrid y su adecuación a algunos de los principios que informan la Ley de Bases de la Administración Local, son algunas de las peticiones incluidas en una carta recientemente enviada por la Asociación de Vecinos de Chamberí al señor Arespacochaga.La carta se inserta en una solicitud anterior de esta asociación y en la cual se pedía la inmediata apertura de un debate ciudadano sobre las líneas generales que marcarían el curso de la reforma del Estatuto Municipal. Esta nueva comunicación, aporta una serie de indicaciones que la Asociación de Vecinos de Chamberí quisiera ver incluida dentro de los principios de la remodelación municipal.
Tras considerar que la especificidad de los estatutos de las grandes urbes, Madrid y Barcelona, obedece más bien motivaciones técnicas que a excusas para restringir el derecho de los ciudadanos y el funcionamiento democrático de las aportaciones, el texto pasa a afirmar la autonomía y la democracia como principales informadores ineludibles a la hora de dar forma a un nuevo articulado normativo del concejo madrileño.
En el terreno de las peticiones concretas se pide la abolición de las cláusulas restrictivas para la presentación y la publicidad de los candidatos, «al objeto de que cualquier madrileño pueda presentarse a la elección de alcalde o concejal». En cuanto a las facultades y poderes de la alcaldía, el texto alude a su moderación y control por parte de -la Corporación, vigilancia esgrimida también sobre los delegados de servicios municipales -segón se postula en la carta. Para ello, los redactores del texto se muestran partidarios de un .aumento de la capacidad controladora, gestora y de iniciativa que el Pleno o Asamblea Municipal tiene, hoy sobre el titular de la alcaldía, y se hace referencia al ascendiente que en la actualidad posee el titular de la cartera de Gobernación, en cuanto a la anulación de los acuerdos municipales adoptados por el Ayuntamiento.
Después de hacer hincapié en la necesidad de democratización de las instituciones locales y de impugnar la división en tercios sindicales, municipales y familiares que la ley de noviembre de 1975 recoge, solicita la respuesta concreta del concejo «con su alcalde a la cabeza», a estas cuestiones, «como muestra de la voluntad democrática o no de nuestro Ayuntamiento».
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