La justicia deportiva ratifica el descenso del Elche a Segunda
La sentencia agota la vía administrativa y abre para el club la de los tribunales ordinarios
Solo los tribunales de justicia podrán evitar el descenso administrativo del Elche a Segunda División por incurrir en su día en impagos a la Agencia Tributaria. Así que para el club que preside Juan Anguix los plazos se alargan, las opciones menguan y los acontecimientos se precipitan: este lunes se sortea el calendario de la próxima competición liguera y los ilicitanos estarán integrados en Segunda División, categoría que podrían también perder el 31 de julio si no resuelven el impago de 7 millones de euros a futbolistas.
El Eibar jugará un año más en Primera, así lo decidió el Tribunal Administrativo del Deporte, órgano adscrito al Consejo Superior de Deportes e integrado por siete juristas, que desestimó el recurso del Elche sobre la decisión que le descendía de categoría hecha pública el pasado 5 de junio por el juez de disciplina social de la Liga de Futbol Profesional. Con todo modificó la sanción accesoria impuesta por este, que era de 180.303 euros y se reduce a 90.151.
Apelaba el Elche en su recurso a tres matices básicos. En primer lugar, discutía la capacidad y competencia de la Liga para que, como entidad privada, sancione conductas como el incumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y alude a un antecedente sobre un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2001 que revocó una sanción sobre el Badajoz.
El TAD cree que hubo intencionalidad en ambas directivas al cometer la infracción de los impagos
La LFP argumentó a este respecto que el Elche ya aceptó anteriormente sanciones disciplinarias sobre impagos de ese tipo y alude a un “principio de colaboración responsable del sector público y el privado”. La resolución del TAD apunta a que la Liga según la Ley del Deporte sí es competente para sancionar ese tipo de infracciones (“con el Estado o los deportistas”, cita textual). Y recuerda al Elche, y de paso a todos los clubes que conforman la Liga, que esta es una entidad privada a la que se asocian voluntariamente asumiendo una normativa interna que contempla aspectos disciplinarios como los de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
El segundo motivo del recurso del Elche se basaba en que ya ha abonado su deuda con Hacienda tal y como esgrimió ante el TAD con las cartas de pago correspondientes y el certificado de estar al corriente de sus obligaciones. Lo hizo fuera del plazo que le había dado la Liga y que fundamentó la decisión tomada en junio, pero antes de agotar la vía administrativa, que vence con esta resolución del TAD.
Impago de la deuda
La Liga incidió en que se pagó tras la sanción y apunta que darle la razón al Elche sería tanto como aceptar que “las deudas se pagan cuando el deudor decide”. Apunta que hubo reiteración en los incumplimientos y asegura que interviene para “salvaguardar la pureza, integridad y buen orden de las competiciones profesionales futbolísticas”. Personado en el proceso como parte interesada, el Eibar esbozó su sorpresa porque la deuda se abonase tras la sanción y cree que del impago se deriva una ventaja competitiva sobre el resto de contendientes en la competición. El Tribunal constata en su resolución que el Elche pagó su deuda como muy tarde el 22 de junio, 17 días después de que la Liga decidiera su descenso y tras incumplir sucesivos plazos para evitarlo.
El Elche esgrimió, en fin, que la situación en la que se le aboca se debe a la mala gestión de su anterior directiva, asumió en su día que tenía una deuda y la pagó tarde, la Liga le sanciona y el TAD cree que puede hacerlo, pero le restaba una última bala, la de la proporcionalidad de la sanción porque apunta el Consejo de Administración que preside Anguix que no hubo intención (la culpa fue de la directiva que presidía José Sepulcre, apuntan) ni reincidencia en los impagos y que el daño que se causa a la entidad con el descenso de categoría es devastador. Es ahí donde el Tribunal estima en parte el recurso y rebaja la sanción económica, que era la más alta para una infracción que aún cabía penar con mayor gravedad.
El Elche tratará de conseguir que la justicia oridinaria aplique una suspensión cautelar de la sentencia
Y es que el TAD le recuerda al Elche en su sentencia que una de las sanciones previstas para su infracción consistía en la expulsión temporal (de tres a cinco años) de la competición, o incluso la definitiva porque la deuda tributaria era de más de 4 millones de euros y que era palmaria la reincidencia en su impago. Es en ese punto donde considera el atenuante de aplicar un simple descenso de categoría atendiendo a lo que entiende como intento de los actuales rectores del Elche por ponerse al día aun fuera de plazo, pero al tiempo les hace ver que ellos también cometieron el error de jugar con los tiempos en los pagos. Cree el TAD, en definitiva, que hubo intencionalidad en ambas directivas al cometer la infracción, que el descenso es la consecuencia de aplicar la normativa vigente y que no aplicarla perjudicaría a un tercero, en este caso el Eibar.
El Elche tiene dos meses para presentar recurso ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo y ya ha anunciado que lo hará de manera urgente. Además, tratará de conseguir que se aplique una suspensión cautelar de la sentencia del TAD para jugar la temporada entrante en Primera División, la categoría que defendió con brillantez sobre el terreno de juego, no tanto en los despachos.
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