Cabeza de turco
La Regla 12 enumera los requisitos básicos para sancionar una falta. Inmediatamente después explica los tipos de sanción y dice: “Imprudente significa que el jugador muestra falta de atención o consideración al jugar contra un adversario, o que actúa sin precaución. No será necesaria una sanción disciplinaria adicional si la falta se considera imprudente”. “Temeraria significa que el jugador realiza la acción sin tener en cuenta el riesgo o las consecuencias para su adversario. Un jugador que actúa de manera temeraria deberá ser amonestado”. “Con uso de fuerza excesiva significa que el jugador se excede en la fuerza empleada, corriendo el riesgo de lesionar a su adversario. Un jugador que emplee fuerza excesiva deberá ser expulsado”.
De más está decir que la interpretación más grave elimina la anterior. Si el árbitro considera que la entrada fue “temeraria” es evidente que también fue “imprudente”. De la misma forma, si considera que un jugador empleó fuerza excesiva no puede limitarse a amonestarlo por actuar de manera temeraria. Debe expulsarlo. Más adelante, la misma Regla 12 hace una aclaración sobre el juego brusco grave: “Un jugador será culpable de juego brusco grave si emplea fuerza excesiva o brutalidad contra su adversario en el momento de disputar el balón en juego. Una entrada que ponga en peligro la integridad física de un adversario deberá ser sancionada como juego brusco grave. Todo jugador que arremeta contra un adversario en la disputa del balón de frente, por un lado o por detrás, utilizando una o ambas piernas con fuerza excesiva y poniendo en peligro la integridad física del adversario, será culpable de juego brusco grave”.
La tarjeta roja mostrada a Nani en Manchester se atiene totalmente al reglamento
“Es más fácil desintegrar un átomo que un prejuicio”, decía Einstein, que no tuvo que sentarse en Old Trafford para darse cuenta. El fútbol está lleno de falsas creencias. Incluso los futbolistas a veces repetimos como mantras argumentos que nos impiden avanzar en el razonamiento. “Fui al balón” es uno de esos. “No lo vi” es otro. Es imposible un debate serio sobre la acción que definió el curso del partido en Manchester si todavía hay quien sostiene que Nani no tuvo intención de golpear a Arbeloa. ¿Qué importa si quiso jugar el balón? ¿Qué importa si no vio a Arbeloa? ¿En dónde se habla de juzgar las intenciones? De hecho, la decisión de omitir el juicio de intenciones en el reglamento (salvo para juzgar las manos, acciones que no acarrean riesgo físico al adversario) es deliberada. Existen dos razones claras: una es la imposibilidad de meterse en la cabeza del jugador. La otra es que la falta de intención en una acción exime del dolo pero no de la culpa, en sentido jurídico, sobre las consecuencias de esta.
Hay una línea divisoria muy fina a la hora de juzgar si una acción es “temeraria” o de “juego brusco grave”. Hace casi dos años, Pepe fue expulsado contra el Barca en semifinales de Champions. Con aquella entrada sobre Alves, se expuso a una tarjeta naranja. Quedó a merced de la interpretación del árbitro. Esta acción de Nani dejó al juez menos margen de maniobra que aquella de Pepe. Ambas nos sirven, de paso, para compararlas con aquel grueso error de Webb que pudo cambiar la final del último Mundial.
Es cierto que la expulsión de Nani cambió el partido y alteró el espectáculo y que lo ideal para el Madrid hubiera sido ganar en igualdad de condiciones. Tan cierto como que las quejas en caliente de Ferguson y jugadores e hinchas rojos se entienden perfectamente dentro de ese contexto. Menos entendible es que, días después, insistamos en culpar al árbitro por mostrar una tarjeta roja que se atiene totalmente al reglamento.
No puedo evitar imaginarme al turco Cüneyt Çakir en su casa, persiguiendo un átomo con un martillo.
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