La Audiencia confirma que Laporta incumplió los estatutos
La sentencia reabre la vía de la inhabilitación al presidente del Barça por haber incumplido gravemente los estatutos del club
La Audiencia de Barcelona ha ratificado la sentencia del juzgado de primera instancia número 30 de la capital catalana que en julio de 2006 obligó al presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, a convocar elecciones de forma inmediata al considerar que la junta directiva de la entidad azulgrana ya había agotado su mandato. Según han explicado a EFE fuentes judiciales, esta sentencia, que ya es firme, reabre la vía de la inhabilitación a Laporta por haber incumplido gravemente los estatutos del club.
Cabe recordar que tras confirmarse la sentencia en primera instancia, un socio del Barça (Francesc Gastó) solicitó la inhabilitación del presidente del FC Barcelona ante el Tribunal Català de l'Esport, máxima instancia de la justicia deportiva en Cataluña, que acordó archivar las actuaciones alegando que la sentencia todavía no era firme.
Ahora, con la ratificación de esta sentencia por parte de la Audiencia de Barcelona, cualquier socio podría denunciar de nuevo a Laporta ante el Tribunal Català de l''Esport o el propio Gastó solicitar la reapertura del expediente.
Juan Manuel de Foronda, el abogado que ha defendido los intereses de un grupo de socios barcelonistas en el proceso judicial que acaba de concluir, se ha mostrado "muy satisfecho" por el hecho de que la Audiencia de Barcelona haya confirmado "en todos sus extremos" la sentencia de primera instancia.
"Se confirma, por tanto, que se violentaron los estatutos del FC Barcelona y, con esta segunda sentencia, se hace definitivamente justicia", ha destacado a EFE De Foronda, quien sin embargo, se ha mostrado "muy sorprendido", porque la Audiencia Provincial no haya condenado al club a pagar las costas, que serán satisfechas por la parte demandada y la demandante a partes iguales.
Este grupo de socios demandó a Joan Laporta por "incumplimiento grave" del artículo 29 de los estatutos, al considerar que el período que va del 22 de junio de 2003 (fecha de posesión de la nueva junta) al 30 de junio de ese mismo año debe ser considerado como un ejercicio, por lo que el primer mandato de la directiva debía haber finalizado el 30 de junio de 2006.
Pese a que Laporta acató la sentencia de instancia y convocó elecciones -el presidente renovó la confianza de los socios por otros cuatro años-, el FC Barcelona recurrió la misma ante la Audiencia, que ahora ha vuelto a dar la razón a los demandantes.
Más consecuencias
Una segunda consecuencia de la firmeza de esta sentencia tiene relación con otra demanda interpuesta por un grupo de socios contra el presidente del Barça y sus directivos para que avalasen los aproximadamente 45 millones de euros que supuestamente deberían haber avalado en esos ochos días de la temporada 2002-03.
De hecho, el FC Barcelona había solicitado la suspensión de este proceso mientras la Audiencia no resolviera el recurso sobre el incumplimiento de los estatutos que derivó en la obligatoriedad de convocar elecciones.
Ahora, con el recurso resuelto a favor de los socios demandantes y en contra de los intereses de Joan Laporta, el juzgado de primera que conoce del asunto de los avales reactivará el proceso y dictará una sentencia que podría obligar a la junta directiva a rascarse el bolsillo.
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