Multa de 600.000 euros a Atresmedia por emitir contenido adulto en horario protegido
Competencia también sanciona a Mediaset con medio millón de euros por publicidad encubierta
Antena 3 emitió entre el 30 junio y octubre de 2015 327 capítulos de la serie Dos hombre y medio, calificada en EE UU como PG (guía paternal sugerida). Veinte de esos episodios ocuparon parte de la franja horaria de protección reforzada que va de 17 a 20 horas entre semana. Por ello, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Atresmedia con 484.852 euros . Dos hombre y medio tiene como protagonista a un hombre soltero que es un mujeriego y un alcohólico. El grupo también ha sido sancionado con 109.250 euros por emitir el 4 de noviembre pasado en Neox la película American Playboy con una calificación de no recomendada para menores de 12 años cuando Competencia considera que merece una calificación de mayores de 16 o 18 por su contenido sexual explícito y los contenidos vinculados con relaciones sexuales por interés económico.
Según la Comisión, Atresmedia ha cometido una falta de carácter grave tipificada en el artículo 58.12 de la LGCA, por incumplimiento del Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia. American Playboy se emitió el pasado 4 de noviembre, en la franja horaria entre 22:29:16 y las 00:09:44 horas de día siguiente. La sanción impuesta es de 109.250 euros.
Competencia también ha sancionado con 528.373 euros a Mediaset por emitir publicidad encubierta en el programa Sálvame Naranja y ha incoado un expediente sancionador a TVE por hacer lo mismo en el programa La Mañana durante su emisión el 29 de marzo.
Según ha informado Competencia, la sanción a Mediaset es debida a las emisiones de Sálvame Naranja de los los días 11 y 30 de junio de 2015, en los que se difundió un microespacio de carácter divulgativo relacionado con la salud, denominado 'Aprende a cuidarte', protagonizado por el doctor Gutiérrez, junto con el presentador del programa. Para la CNMC "en ningún momento de la emisión del microespacio se advirtió de su tratamiento como publicidad ni apareció ninguna sobreimpresión en ese sentido", y por lo tanto considera que existe "una clara vinculación entre los consejos impartidos en los microespacios de salud y las telepromociones, mediante fórmulas que reenvían de manera obvia a los productos promocionados posteriormente en el mismo programa".
En cuanto al expediente a TVE, el organismo cree que la cadena emitió, sin identificación, publicidad que se puede calificar como encubierta de una franquicia de gimnasios. "En un reportaje del programa se habla de la salud y los beneficios del ejercicio físico mientras aparecen en pantalla imágenes del gimnasio mientras las clientas hacen ejercicio, con presentaciones reiteradas de la marca, tanto en la pared del propio gimnasio como en las camisetas, y varias sobreimpresiones en pantalla", ha detallado.
El organismo ha recordado que contra estas decisiones, Mediaset y Atresmedia podrán interponer recursos contencioso-administrativos ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.
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