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Un Constitucional dividido aplaza su decisión sobre el futuro del complejo de Valdecañas

El tribunal de garantías pide un nuevo informe a sus letrados al comprobar que no iba a ser posible resolver por consenso si se admiten los recursos contra la demolición del resort de lujo

José María Brunet
Imágenes de la isla de Valdecañas, en Cáceres, antes y después de construirse el resort de lujo.
Imágenes de la isla de Valdecañas, en Cáceres, antes y después de construirse el resort de lujo.

El Tribunal Constitucional ha decidido aplazar la decisión sobre el futuro del resort de lujo Marina Isla de Valdecañas (Cáceres), a la vista de las discrepancias existentes entre los magistrados sobre si deben admitirse o no los recursos interpuestos contra la orden dada por el Supremo para que se proceda a la demolición completa de las instalaciones de dicho complejo. En el último pleno del tribunal, celebrado a mediados de octubre, hubo un intenso debate sobre la existencia o no de legitimación de los recurrentes para oponerse a la citada resolución del Supremo, entre otros extremos, y para evitar una votación que pusiera de manifiesto la profunda división del Constitucional se tomó la decisión de encargar nuevos informes a los letrados del propio órgano de garantías sobre distintos aspectos del proceso.

Tras estos recursos hay en juego decenas de millones de euros, dado que si la impugnación es inadmitida a trámite la ejecución del derribo ordenado por el Supremo obligaría a pagar cuantiosas indemnizaciones. El nuevo informe de los letrados podría estar terminado en breve, pero en la actual situación del Constitucional, con el mandato caducado desde el pasado 12 de junio y pendiente de renovación, no cabe descartar que el tribunal prefiera dejar este asunto para otro momento, cuando se haya podido culminar la renovación del órgano de garantías, que ha de cambiar en este relevo al presidente, al vicepresidente y a otros dos de sus magistrados. De hecho, el presidente del Constitucional, Pedro González-Trevijano, ha decidido evitar que el tribunal se fracture en nuevas sentencias mientras se encuentre en funciones.

En el debate registrado en el tribunal sobre el complejo de Valdecañas se pusieron sobre la mesa dos documentos que sostenían tesis contradictorias. El primero, elaborado por el letrado que informó sobre el caso, se proponía la inadmisión a trámite de los recursos, considerando que no existían motivos de interés constitucional para plantear recursos de amparo. El segundo, en cambio, consistía en el proyecto de resolución elaborado por el ponente del caso –el magistrado Enrique Arnaldo, del sector conservador-, que sí estimaba que debían admitirse las impugnaciones, por tener legitimación los recurrentes y por entender que el asunto sí debía encontrar cauce por la vía de unos recursos de amparo dotados de relevancia constitucional, al poder verse afectados derechos fundamentales de los perjudicados.

La orden de demolición del complejo de Marina Isla de Valdecañas fue dada por el Supremo hace ocho meses. Contra esta decisión de la Sala de lo Contencioso presentaron peticiones de amparo la Junta de Extremadura, los propietarios de las construcciones, la promotora del complejo y los ayuntamientos afectados por el caso, los de El Gordo y Berrocalejo, que subrayaron especialmente el alto coste y los efectos económicos negativos que supondría para la comarca el derribo completo del resort. La admisión a trámite de los recursos supondría que el Constitucional entrara a estudiar el fondo del asunto para resolver finalmente por sentencia, dentro de unos meses, o tal vez un año, el futuro del complejo.

La raíz del largo conflicto judicial sobre el complejo residencial de Valdecañas se halla en el Proyecto de Interés Regional puesto en marcha por la Junta de Extremadura en 2007, cuyo desarrollo ha pasado por varias fases hasta llegar al Constitucional. La autorización para construir el resort fue cuestionada desde el principio por organizaciones ecologistas, que denunciaron sus efectos contra la preservación del medio ambiente por afectar a terrenos incluidos en la Red Natura 2000, compuesta por áreas de conservación de la biodiversidad de la Unión Europea.

En julio de 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) autorizó que la demolición del complejo tuviera sólo carácter parcial y no afectase, por tanto, a las instalaciones ya construidas y en funcionamiento. La resolución dictada hacía hincapié en el “elevado perjuicio económico” que supondría para la zona y para la Junta extremeña —por las correspondientes indemnizaciones— hacer tabla rasa del complejo. El resort actual cuenta con 185 villas, de las 565 inicialmente proyectadas, a las que hay que sumar un hotel de cuatro estrellas, un campo de golf y diversas instalaciones deportivas.

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Esta resolución fue recurrida por Ecologistas en Acción y Adenex ante el Supremo, que en febrero último anuló las excepciones que el Tribunal Superior extremeño había acordado para preservar las instalaciones mencionadas. “No se aprecia —afirmaba la Sala de lo Contencioso en la mencionada resolución— la concurrencia de causas que justifiquen la imposibilidad material de ejecución de las sentencias en sus propios términos en cuanto a la demolición de lo construido y en funcionamiento”.

El Supremo se apartaba así del criterio expuesto por el Tribunal Superior de Extremadura, que había puesto el acento en el coste de los derribos para devolver la isla de Valdecañas a su estado natural. La resolución cifró inicialmente dicho coste en 145 millones de euros, de los que 34 millones corresponderían a las demoliciones, mientras que deberían destinarse 111 millones a indemnizaciones a los perjudicados, entre los que habría que contar a los propietarios de viviendas y a la empresa titular del hotel.

Frente al criterio del Tribunal Superior de Extremadura, que había hecho hincapié en estas cifras, el Supremo desestimó el argumento de que el coste de las demoliciones iba a resultar desproporcionado en relación con los beneficios de otro orden que supondría para la preservación del medio natural. La tesis del Supremo fue que la aprobación por parte de la Junta de Extremadura del proyecto de Marina Isla de Valdecañas fue “contraria a derecho” desde el principio por motivos medioambientales, por situarse en un espacio de la Red Natura 2000, en un enclave de especial importancia para la protección de las aves.

Los propietarios de las viviendas construidas, a su vez, explicaron que su decisión de recurrir ante el Constitucional se basaba entre otras razones en que se sentían “plenamente respaldados” por “el apoyo mayoritario” de la sociedad extremeña. Se basan para ello en los resultados de una encuesta encargada por la propia Junta de Extremadura, según la cual 8 de cada 10 extremeños “consideran injusta esta situación y apoyan que recurramos a todas las instancias judiciales posibles”.

La encuesta contaba con mil entrevistas, y el 80% de los consultados respaldó la idea de que la larga duración del proceso judicial abierto ha provocado una situación objetiva de injusticia en la medida que el complejo de Valdecañas ya está habitado y en pleno funcionamiento. Frente a ello, las organizaciones ecologistas subrayaron que ya en 2019 el tribunal de garantías declaró inconstitucional el artículo de la legislación del suelo en que la Junta de Extremadura se apoyó para considerar plenamente legal la urbanización de la isla de Valdecañas.

Ahora los propietarios de las viviendas construidas estiman que se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, a lo que las mencionadas organizaciones ecologistas responden que cuando adquirieron sus casas sabían que el proyecto del resort de lujo estaba siendo cuestionado judicialmente desde 2007. En lo que coinciden ambas partes es en que la dilación en las respuestas judiciales ha causado graves perjuicios para los implicados en el proceso.

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