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Un vecino de l’Escala, condenado a seis años de cárcel por corrupción de menores

La Policía Nacional le encontró unos 2.000 vídeos y fotografías con sexo explícito entre niñas de entre 4 y 5 años y adultos

Imagen de archivo de un furgón de la Policía Nacional.
Imagen de archivo de un furgón de la Policía Nacional.Víctor Sainz

La Audiencia de Girona ha condenado a seis años de cárcel a un vecino de l’Escala (Alt Empordà) que fue detenido en enero de 2017 por un delito de corrupción de menores por descargar y compartir a través de Internet pornografía “explícita” en la que aparecían niñas de entre 4 y 5 años haciendo todo tipo de prácticas sexuales con adultos. La sentencia detalla que se ha tenido que estimar una atenuante simple de dilaciones indebidas en la tramitación porque “el Ministerio Fiscal tardó casi un año y medio en hacer el escrito de acusación”.

La Fiscalía solicitaba para Jonatan Mateos, de 27 años y nacionalidad española, como presunto autor de un delito de corrupción de menores, 7 años de cárcel y 10 de libertad vigilada y no poder ejercer cualquier trabajo que implicara estar en contacto con menores durante 10 años. La sentencia de la sección tercera de la que ha sido ponente el magistrado Ildefons Carol, lo condena por “difusión de material pornográfico de notoria importancia en el que menores son objeto de violencia con la atenuante de dilaciones indebidas”.

La sentencia considera probado que, con ánimo de satisfacer su deseo sexual y el de terceros, el procesado obtuvo y puso a disposición de otros usuarios de Internet, mediante el programa eMule, varios archivos de contenido pornográfico en los que figuraban vídeos y fotografías explícitas de menores –con edades claramente inferiores a los 13 años–”.

Cuando la Policía Nacional, que siguió el rastro de archivos hasta la IP de un ordenador de L'Escala, registró el domicilio el 25 de enero de 2017, encontró 1.570 imágenes y vídeos y 363 archivos. Según el Magistrado, “el acusado era consciente de que, al mantener estos archivos en la carpeta del EMule donde los descargaba, los estaba compartiendo con otros usuarios de la red”.

A pesar que en el juicio negó que fuera autor del delito y señaló que en la casa vivían también su pareja y su padre y tenían acceso al ordenador y que él solo se descargaba videojuegos, la Sala, “no da crédito a esta tesis, que entiende que es solo con intención exculpatoria”. En primer lugar porque reconoció los hechos a los agentes que acudieron a su casa. Además considera “sorprendente e inverosímil” que no dijera nada durante la instrucción cuando es la reacción normal de cualquier acusado de un delito que no ha cometido. Y todavía ve “más sorprendente” la conexión al programa eMule se hiciera con su nombre de correo y de usuario cuando los únicos que le podían tender “la trampa” eran su padre y su novia.

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