La justicia tumba dos artículos del protocolo anticontaminación de 2015 que podría anular ‘miles de multas’
El fallo marca que el Ayuntamiento debía publicar las medidas de restricción del tráfico antes de que entren en vigor
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado de forma parcial un recurso contra el decreto del 11 de noviembre de 2015 del Ayuntamiento de Madrid sobre el primer protocolo anticontaminación de la capital. El fallo declara nulos dos puntos del decreto impugnado después de que el Ayuntamiento de Madrid no recurriera la sentencia del 6 de marzo del TSJM donde se determinaba que el Consistorio debía publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. De hecho, el fallo establece que el Ayuntamiento debe proceder a publicar en el BOCM las medidas de restricción del tráfico antes de que estas entren en vigor.
“La sentencia se refiere al primer protocolo aprobado por Ana Botella en 2015, que se activó por primera vez en noviembre, ya con este Gobierno”, explican fuentes municipales. Desde el Consistorio consideran que el impacto de la sentencia es “prácticamente nulo”. “Las multas una vez que son firmes no son revocables, según la legislación española”, explican desde Medioambiente, “además, la sentencia considera que la limitación de velocidad estaba correctamente señalizada y el decreto ya había sido publicado cuando entró la limitación de estacionamiento en el SER”. Por su parte, la demandante, Dvuelta Asistencia Legal, asegura que la sentencia abre la puerta a la anulación de “miles de multas”.
Recurso del PP por Bicimad
El grupo municipal del Partido Popular del Ayuntamiento, encabezado por José Luis Martínez-Almeida, ha presentado un recurso de apelación al auto del Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid por el denominado caso Bicimad.
Los conservadores denunciaron la adquisición del sistema público de bicis Bicimad por parte del Ayuntamiento de Madrid: se realizó una cesión de contrato entre Bonopark, empresa adjudicataria, y la Empresa Municipal Transporte. El Consistorio abonó 10,5 milllones de euros cantidad que el PP recurrió por considerar un pago “excesivo y dañino” para las cuentas públicas.
Ese recurso, presentado hace dos años, retrasó la ampliación del sistema público. La juez -en base a las pruebas, entre ellas una valoración pericial y una tasación- no ha encontrado indicios de delito (ni siquiera abrió juicio oral), pero los conservadores no están conformes con el auto.
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