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Los letrados del Parlament dicen que criticar al Rey no infringe la Constitución

El letrado mayor alega que la resolución aprobada por la Cámara no comporta efectos jurídicos y se inscribe en una mera declaración política

Àngels Piñol
Felipe VI, este lunes durante el discurso de Navidad en el Palacio de La Zarzuela.
Felipe VI, este lunes durante el discurso de Navidad en el Palacio de La Zarzuela.Ballesteros (EFE)

Los letrados del Parlament han presentado alegaciones ante el Tribunal Constitucional para defender la resolución aprobada por la Cámara que condenó el posicionamiento del Rey durante el referéndum del 1 de octubre y pidió la abolición de la  Monarquía. El documento sostiene que el texto, impulsado por Catalunya en Comú, carece de efectos jurídicos al tratarse solo de una declaración de naturaleza política y que, además, se inscribe en la libertad de expresión y en el derecho que tiene cualquier institución a posicionarse sobre un asunto relevante.

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Con el voto de los diputados independentistas y de los comunes, el Parlament aprobó el 11 de octubre la resolución que "condenó" el posicionamiento del Rey Felipe VI en su intervención en el conflicto catalán y su "justificación por la violencia por los cuerpos policiales el 1 de octubre de 2017". Sin citarlo expresamente, el documento aludía al discurso que realizó el Monarca en el que omitió las cargas policiales durante el referéndum y a los cientos de heridos. Paralelamente, el texto reafirmó el compromiso con los valores republicanos y su apuesta "por la abolición de una institución caduca y antidemocrática como la Monarquía".

La Moncloa reaccionó de forma fulminante: calificó el texto de "extravagancia jurídica", advirtió de su gravedad y acabó presentando una impugnación ante el Tribunal Constitucional al sostener que no está entre las atribuciones de una cámara autonómica pronunciarse sobre el jefe del Estado. El escrito de alegaciones, firmadas por el letrado mayor del Parlament, Joan Ridao, concluye que la resolución parlamentaria es de "naturaleza política y no jurídica" al "no integrarse en el ordenamiento jurídico ni producir efectos jurídicos de ningún tipo" y que solo aspira a promover la "deliberación" y la toma de posición de la Cámara",

Las alegaciones señalan que el texto es de "naturaleza política" y, que no se integra en el ordenamiento jurídico ni producir efectos jurídicos de "ningún tipo"

El escrito de alegaciones del Parlament cuestiona la impugnación del Gobierno al esgrimir que solo deben prosperar las que comportan efectos jurídicos y puedan tener fuerza de generar un cambio en el orden constitucional. Con todo, los letrados recuerdan que el Tribunal Constitucional ya apuntó en su sentencia sobre la declaración de soberanía aprobada en el Parlament en 2013 que las resoluciones de impulso político podrían comportar "efectos jurídicos aunque no fueran vinculantes". "Esa doctrina", apuntan, "debería ser revisada en beneficio del pleno reconocimiento de la plena capacidad que debe reconocerse al Parlament y a cualquier institución democrática representativa de expresar el pluralismo político de la sociedad y la voluntad mayoritaria que representa". Por ello, piden al Constitucional que no se extralimite y evite invadir la "esfera propia" de una cámara legislativa"

"El Estado ha de ser garante no solo de las opiniones e ideas que considera inofensivas sino también las que ofenden, chocan o molestan al Estado o a una parte de la población", dicen los letrados

Los letrados recuerdan que la Constitución no responde al modelo de "democracia militante" que imponga a las instituciones el deber de "adhesión positiva" al ordenamiento. El documento sostiene que están resoluciones deben descansar en los principios que rigen a la libertad expresión individual que entronca con el pluralismo político. "Y este pluralismo, del que el Estado ha de ser garante, ampara no solo de las opiniones e ideas que considera inofensivas sino también aquéllas que las que ofenden, chocan o molestan al Estado o a una parte de la población". El documento señala que la resolución no fue una "reprobación" sino una "valoración" sobre el comportamiento del Rey el 3 de octubre, entiende que se define a la Monarquía como institución "caduca y antidemocrática" porque es "ajena al sufragio e irresponsable en términos políticos" y minimiza su compromiso con los valores republicanos porque, dice, están recogidos en la Constitución.

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