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Condenado a 14 años de cárcel por matar a tiros al novio de su hija

La sentencia considera que el hombre actuó turbado por el miedo que sentía ante las amenazas previas de la víctima

Fachada del Tribunal Superior valenciano.
Fachada del Tribunal Superior valenciano.CARLES FRANCESC

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a un hombre a 14 años de prisión por matar de dos tiros al novio de su hija en su vivienda de la localidad valenciana de Requena.

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De esta forma, el tribunal confirma la condena de prisión que le fijó la Audiencia a este hombre, aunque estima parcialmente su recurso de apelación en el sentido de dejar sin efecto el pago de parte de la responsabilidad civil.

El homicidio se registró el 5 de diciembre de 2012, cuando sobre las 21.30 horas el condenado se personó, sin previo aviso, en el domicilio de la víctima con la que mantenía una relación de amistad.

Nada más la víctima le abrió la puerta, le disparó con una escopeta a través de la cortina que separaba la entrada de la casa del resto de dependencias. Le atacó sin mediar palabra y sin que la víctima pudiera verle ni reconocerle. Tampoco tuvo tiempo de reaccionar.

Le disparó dos veces sobre su cuerpo a la altura de la cintura y del pecho, lo que le causó heridas mortales. Como consecuencia, falleció de inmediato por estallido cardiaco. Tras ello, el condenado volvió a su domicilio y en el trayecto se desvió y echó los cartuchos en un contenedor.

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El condenado cometió los hechos llevado por la perturbación que le producía la existencia de un peligro inminente en que se encontraba la vida de su hija y la suya propia por las amenazas de la víctima, según dio como probado el jurado que le juzgó en València.

La Audiencia le condenó a 14 años de prisión por un delito de asesinato con la circunstancia atenuante de miedo insuperable y la atenuante de obcecación.

El acusado presentó un recurso contra esa sentencia por quebrantamiento de las normas y garantías procesales en el procedimiento y en la sentencia que le causaron "indefensión", y por la infracción de preceptos constitucionales y legales. Tanto el Ministerio fiscal como varios acusadores particulares solicitaron la desestimación del recurso.

En él, el condenado aludía, entre otros motivos, a "fallos de personación" en la causa y de legitimación activa en el proceso civil, además de "contradicciones" existentes a la hora de justificar la condena por responsabilidad civil.

El tribunal superior valenciano no le da la razón, salvo en lo relativo a la responsabilidad civil.

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