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Condenado un guardia civil por redactar un parte falso de accidente de tráfico

El tribunal le impone un año y nueve meses de prisión e inhabilitación especial para el cargo con la atenuante de retrasos judiciales

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a un cabo de la Guardia Civil que trabajaba en el puesto de Santa Comba en el momento de los hechos a un año y nueve meses de prisión, un año de inhabilitación especial para empleo o cargo público y 1.440 euros de multa por un delito de falsificación de documento oficial cometido por siendo funcionario público, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de retrasos indebidos en la causa.

El tribunal lo condena por haber redactado en el año 2012 “unas diligencias policiales preventivas sobre un supuesto e inexistente accidente de circulación “por salida de vía de un vehículo ante la irrupción en la misma de un jabalí”. El objeto de la falsificación, según el fallo, era que otra persona pudiese justificar su imposibilidad de comparecer en la oficina del INEM de Santiago de Compostela el día señalado para que, de ese modo, se pudiese paralizar la imposición de la sanción de cese en el pago de la prestación de desempleo que estaba percibiendo.

La Sala, sin embargo, lo absolvió del delito de descubrimiento y revelación de secretos público por el que el agente fue inicialmente acusado, al considerar que no ha quedado acreditado que el acusado consultase en la base de datos matrículas para alertar de posibles vigilancias a terceras personas que eran investigadas en un supuesto caso de tráfico de drogas.

Por estos hechos se celebró un juicio el pasado 13 de marzo pero Ministerio Fiscal informó en la vista oral que había alcanzado un acuerdo de conformidad con varios de los acusados por un presunto delito contra la salud pública y en la que aparecía como implicado el guardia civil.

El fiscal cambió el criterio de su acusación y solicitó en su informe de conclusiones la división de la causa por entender que no existían razones de conexidad entre los acusados. La Sala, con el acuerdo de la acusación pública y las defensas, decidió continuar con el juicio para dictar sentencia de conformidad respecto de los delitos contra la salud pública y que en otra vista se enjuiciaran los otros hechos que motivaron la acusación contra el agente Rafael M.G.

Según los hechos probados en la sentencia, el acusado, en calidad de de agente de la autoridad y con pleno conocimiento de su falsedad, redactó unas diligencias policiales preventivas” sobre un supuesto e inexistente accidente de circulación” sufrido por el turismo Toyota Corolla, haciendo constar como fecha de dicho accidente el 5 de febrero de 2012. Dicho documento fue presentado por el supuesto conductor en la oficina del INEM de Santiago de Compostela para justificar su incomparecencia en dicho organismo el día señalado.

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Posteriormente, el 29 de marzo de 2012, dos funcionarios policiales que realizaban labores de seguimiento y vigilancia de varios investigados por tráfico de estupefacientes en las inmediaciones del domicilio del agente acusado, tuvieron que suspender la operación al tener sospechas de que estos había sido advertidos de que estaban bajo vigilancia.

La sentencia considera que el guardia “actúo abusando finalmente de su oficio al realizar un documento simulado, falso, sin correspondencia con la realidad”, pero no ha quedado probado que el guardia obtuviera información al consultar en la base de datos las matriculas de los coches policiales, “ni que revelase información que no debía ser divulgada a otras personas”.

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