Un juez suspende la obligación de las empresas de comunicar cortes de luz
Endesa había reclamado la medida alegando que la Ley de Pobreza Energética fue suspendida por el Constitucional
Una juez de Barcelona ha suspendido, de forma cautelar, un protocolo de la Generalitat que impide a las empresas cortar la luz sin haberlo comunicado previamente. La compañía Endesa había reclamado la suspensión del protocolo con el argumento de que desarrolla artículos de la Ley de Pobreza Energética de 2015, que a su vez ya fue suspendida por el Tribunal Constitucional. El juez le da la razón y acuerda la suspensión del protocolo hasta que emita sentencia.
El protocolo, desarrollado por la Agencia Catalana de Consumo, impedía a las empresas suministradoras cortar la luz sin la existencia de un informe previo de los servicios sociales sobre la situación de riesgo social de los usuarios. La Generalitat ha alegado que el protocolo no vincula a las suministradoras, pero la juez cree que sí, que la pretensión es que "sea de obligado cumplimiento". Si las empresas no lo respetan, señala la resolución, "pueden ser objeto de sanción".
"Es indudable", señala la resolución, "que el protocolo establece para las empresas la obligación de seguir prestando el servicio" a la espera del informe de servicios sociales. Al no poder cortar el suministro, razona la juez, las empresas no perciben "las tarifas legalmente previstas". Ese coste, agrega, "debería compensarse para garantizar la sostenibilidad del conjunto del sistema eléctrico". Y no hay ningún mecanismo previsto de compensación, ni de la Generalitat ni de los ayuntamientos, abunda la resolución.
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