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Los denunciantes recurren que la cuñada de Silva sea apartada de la causa

La plataforma Xuntos cree que la denuncia que hizo de los mismos hechos el exalcalde socialista Carlos Príncipe en 2013 interrumpe la prescripción

Carmela Silva y Abel Caballero, durante un pleno
Carmela Silva y Abel Caballero, durante un plenolalo r. villar

La decisión de la juez de Vigo de apartar a Vanesa Falque, cuñada de la presidenta de la Diputación de Pontevedra, Carmela Silva, de la causa que investiga el contrato por cinco años que le hizo el Ayuntamiento de Vigo porque ha prescrito el delito imputado de tráfico de influencias ha sido recurrida por la parte denunciante. La plataforma ciudadana Xuntos por Galicia aporta como prueba documental para interrumpir la prescripción la denuncia que hizo de los mismos hechos ante la Comisaría de Vigo, el 2 de agosto de 2013, el exregidor socialista de Vigo Carlos Príncipe, expulsado del partido socialista el pasado año y uno de los militantes más críticos con la gestión del actual alcalde, Abel Caballero.

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El recurso sostiene que esta denuncia es anterior a la que presentó Xuntos por Galicia y dio lugar a unas diligencias de investigación abiertas por la Fiscalía de Vigo en 2013 por presuntas irregularidades en los contratos laborales del Ayuntamiento, entre ellos el de Vanesa Falque como auxiliar administrativa, y que “coinciden en el tiempo con nuevas contrataciones a personas que son familiares directos de dirigentes o afiliados del Partido Socialista de Vigo o de concejales”, según denunció Príncipe.

La juez había acordado en un auto el sobreseimiento parcial respecto a Vanesa Falque, alegando que habían transcurrido más de tres años desde su contratación cuando se incoaron las diligencias, aunque admite abiertamente que existen indicios de delito. En el mismo auto acordó continuar la investigación por los delitos de malversación, prevaricación administrativa y falsedad documental, derivados de la contratación de Falque, en la que están implicados el edil socialista Santos Héctor Rodríguez, el funcionario municipal Francisco Gutiérrez Orue y el responsable de la concesionaria municipal Imesapi que la contrató, Ramón Comesaña.

A efectos probatorios, los denunciantes piden ahora que se requiera a la Fiscalía para que remita copia completa de las referidas diligencias de investigación abiertas tras la denuncia de Príncipe y que informe si estas derivaron en algún procedimiento penal. Además inciden en los supuestos contemplados en el artículo 429 del Código Penal para rechazar la prescripción subrayando otro párrafo de la denuncia del exregidor en el que afirma que en el Ayuntamiento, respecto Vanesa Falque, “se vulneró sistemáticamente el principio constitucional de igualdad, al estar las plazas subvencionadas por las anteriores instituciones previamente otorgadas a personas familiares de dirigentes del partido socialista o personas a las que se obliga o induce a afiliarse al partido socialista para poder optar a ellas”.

Además Xuntos sostiene que el delito imputado de tráfico de influencias a Falque Barral no ha prescrito porque fue continuado, invocando jurisprudencia del Tribunal Supremo, y alegando que influyó su relación de parentesco con Carmela Silva para que el Ayuntamiento la contratara hasta el 31 de julio de 2013, cuando cesó por finalización de la adjudicación del servicio de atención de centros cívicos a la empresa Imesapi.

“Durante este todo este tiempo, además de que el contrato de la concesionaria hubiese sido objeto de prórrogas tácitas, autorizadas por el concejal de Empleo y Participación Ciudadana, Santos Héctor Rodríguez, la señora Falque Barral continuó manteniendo su trabajo, a pesar de que nadie ha sabido justificar todavía dónde lo ejecutó y en qué consistió, pero percibiendo su salario igualmente”, subraya el recurso.

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