El Supremo confirma la condena por doble homicidio a Ramon Laso
El fallo valida la primera sentencia condenatoria que se impuso en España sin hallarse el cadáver de las víctimas


A Ramon Laso se le agotan las opciones para acortar su estancia en la cárcel. El Tribunal Supremo dio a conocer este martes una resolución que ratifica una condena de 30 años de cárcel por doble homicidio para el que fue bautizado como "el psicópata" de Els Pallaresos, un pequeño pueblo cercano a Tarragona. El veredicto del Supremo hace buena la sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona que, en octubre de 2014, dictó la primera condena impuesta en España por un crimen del cual no se habían hallado, y siguen sin aparecer, los cuerpos de las víctimas. Laso fue condenado por matar a su pareja sentimental y a su cuñado.
Ambos habían desaparecido en 2009 y la policía estuvo meses tratando de desarmar la maraña de pistas falsas que dejaba Laso para simular una desaparición voluntaria. El homicida siempre estuvo en el punto de mira de los investigadores, que sospechaban que había cometido los crímenes para tener pista libre en la relación sentimental que venía manteniendo de escondidas con la esposa del difunto y, a la vez, hermana de su propia novia.
Ramon Laso ya fue condenado en la década de los noventa por el asesinato de su primera mujer y de su hijo de 6 años de edad. Tras salir de la cárcel trató de rehacer su vida y se puso a regentar un bar hasta que la policía lo apresó de nuevo.
En los recursos que ha ido presentando contra la segunda sentencia condenatoria, Laso ha argumentado que su pasado criminal ha sido determinante para atribuirle también los dos crímenes de Els Pallaresos y ha insistido reiteradamente en su inocencia y en la ausencia de pruebas que lo vinculen con las muertes.
La Audiencia de Tarragona fue contundente en el fallo al considerar a Laso autor de los dos homicidios, con las circunstancias agravantes de reincidencia y parentesco en el caso de la que era su pareja. Se le impusieron quince años de cárcel por cada crimen. La sentencia también recogía la inhabilitación absoluta del parricida convicto durante el tiempo de la condena, y le impuso la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 1.000 metros y comunicarse con los familiares de las víctimas durante 20 años.
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