El Gobierno recurre ante el TC la creación de municipio de Medinyà
Este nuevo ayuntamiento se creó gracias a la aprobación de la ley 8/2015, de 10 de junio en el Parlament

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno central contra la Ley de Cataluña 8/2015, de 10 de junio, de creación del municipio de Medinyà.
El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Parlamento y a la Generalitat de Cataluña, que dispondrán de 15 días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en próximas fechas.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 11 de marzo recurrir al Tribunal Constitucional (TC) la creación del municipio de Medinyà (Girona), segregado de San Julià de Ramis, por considerar que vulnera la Ley de Bases de Régimen Local, donde se establece que un nuevo ayuntamiento
debe tener al menos 5.000 habitantes, y considera que la norma incurre en "inconstitucionalidad indirecta".
El Gobierno catalán aseguró que ese recurso constituye un "ataque a la soberanía" del Parlamento autonómico. La Cámara autorizó la creación del nuevo municipio, de 850 habitantes, que se desgajaría de Sant Julià de Ramis, de 3.434 habitantes.
El Ejecutivo catalán sostiene que Medinyà cumple "todos los requisitos legales para recuperar la condición de municipio" y, por tanto, asegura que lo seguirá considerando como tal. La impugnación se planteó sin suspensión para evitar que el municipio de Medinyà quede en la práctica sin ayuntamiento.
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