Penas de hasta 20 años por explotar a nigerianas en La Rambla
Los condenados forman parte de la organización criminal de los Supreme Eiye Confraternity
La Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de entre 5 y 20 años de cárcel a ocho miembros de la banda de los "proxenetas del vudú", por explotar sexualmente a jóvenes nigerianas a las que forzaban a que se prostituyeran en Barcelona con amenazas e incluso atemorizándolas con rituales de vudú. Los acusados integraban una red asociada con la organización criminal Supreme Eiye Confraternity, una de las más importantes de Nigeria, que entre finales de 2007 y el año 2012 se dedicó a la captación e introducción en España de jóvenes nigerianas para su explotación sexual.
En la sentencia, la sección segunda de la Audiencia de Barcelona absuelve a dos de los acusados, ya que no se ha podido acreditar su pertenencia a la red, y recrimina a los otros ocho procesados que atentaran contra la dignidad de las víctimas mediante "amenazas, coacciones y violencia física", lo que cree que les generó un "intenso daño moral".
La sala considera probado que los acusados contactaban en Nigeria con mujeres "jóvenes y vulnerables", acuciadas por una precaria situación económica, y les ofrecían la posibilidad de venir a España a trabajar o formarse a cambio de una cantidad que oscilaba entre los 30.000 o 50.000 euros.
Cuando eran captadas, las chicas eran trasladadas a España bien por vía aérea o siguiendo una ruta terrestre o marítima, llegando incluso a utilizar pateras. Una vez en Barcelona, los miembros de la organización, aprovechándose de su vulnerabilidad por desarraigo, las forzaban a ejercer la prostitución en la zona de La Rambla, El Raval o en los alrededores del Camp Nou, para saldar la deuda contraída, con malos tratos, amenazas sobre su familia e incluso con ritos de vudú, como lo atestiguó en el juicio una víctima protegida.
El tribunal condena a los acusados por los delitos de pertenencia a organización criminal, inmigración ilegal, trata de seres humanos, prostitución y falsedad en documento oficial. Además de las penas de cárcel, que van de los 20 a los 5 años, la Audiencia también impone a los acusados la obligación de indemnizar a sus víctimas con cantidades que oscilan entre los 100.000 y los 20.000 euros.
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