44 años de cárcel a un proxeneta que tatuó a las mujeres que explotaba
El Supremo destaca "el espeluznante comportamiento" del condenado, un ejemplo "paradigmático" de la circunstancia agravante de ensañamiento
El Tribunal Supremo ha condenado a 44 años de cárcel a Iulan T., de origen rumano, por delitos relacionados con la trata de blancas y agresiones cometidas sobre mujeres, algunas menores, a las que obligaba a prostituirse y llegaba a marcar con tatuajes y códigos de barras. El Supremo impone a Iulan la citada pena de 44 años de prisión por delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, falsedad en documento oficial, prostitución proactiva, detención ilegal y lesiones. Además, hay otras 13 personas, entre las que se encuentra la esposa, hija y otros familiares del principal encausado, a quienes les imponen penas de entre uno y 31 años de cárcel por los citados delitos, informa Efe.
La sentencia relata cómo la banda obligaba a jóvenes rumanas, algunas menores, cuyas familias se encontraban en difícil situación económica y que no sabían leer ni escribir, a ejercer la prostitución en Madrid en zonas como el polígono Marconi, pisos de la calle Montera y clubes de prostitución, después de traerlas con engaños a España.
El control de las jóvenes era ejercido mediante violencia extrema y recursos como tatuar en la piel de las mujeres señales que las marcaban como ganado y, así, les grabaron el apodo del proxeneta ("Nelutu") o las cantidades que una de las chicas adeudaba a la red (2.000?).
A una de las jóvenes, que se fugó de la red y fue hallada por los sicarios en la Casa de Campo, la mantuvieron secuestrada, atada a un radiador y sin comida, durante varios días, además de golpearla, rociarle el rostro con material irritante y otros malos tratos, a los que se sumó un tatuaje en la cara interna de la muñeca con un código de barras.
El proxeneta llegó incluso a grabar algunas de estas torturas, tal y como relataron algunas de las menores que fueron sus víctimas y que luego se convirtieron en testigos protegidos contra sus captores y torturadores.
El alto tribunal rechaza todos los argumentos de los recurrentes y señala en sus fundamentos jurídicos que las pruebas son suficientes como para imponer las condenas, entre otras razones porque el propio inculpado reconoció algunos de los malos tratos durante el juicio.
El Supremo destaca "el espeluznante comportamiento" del condenado, un ejemplo "paradigmático" de la circunstancia agravante de ensañamiento: "Complacencia en el sufrimiento causado a la víctima", satisfacción de instintos perversos y voluntad decidida de "causar males innecesarios"
y "máximo dolor y sufrimiento".
Las pruebas definitivas están constituidas, dice el tribunal, por las declaraciones de las testigos protegidas, corroboradas por la Policía, por informes médicos y por otros elementos colaterales.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.