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La administración burla la ley de Transparencia

La burocracia frena la petición de datos públicos por parte de los ciudadanos

El Parlament aprobó hace un año la ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y, en los últimos meses, ha sido defendida reiteradamente por el ejecutivo. La consejera de Gobernación, Meritxell Borràs, llegó a definirla como “una de las más completas y exigentes del mundo, únicamente equiparable a la de los países nórdicos, EE. UU., Chile y Argentina”. A la hora de la verdad, sin embargo, se dificulta el derecho de petición y se deniega información accesible en la mayoría de países europeos.

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Con la ley ya plenamente operativa, EL PAÍS ha puesto a prueba la efectividad del texto solicitando a la administración catalana acceso a datos que en principio deberían ser accesibles por parte de los ciudadanos. El resultado no ha sido satisfactorio en la mayoría de casos y contrasta con la relativa facilidad con la que los ciudadanos acceden a la información pública en países como Reino Unido.

¿Qué escuelas tienen mejores notas?

El Departamento de Educación ha rechazado dar información que permita identificar a las escuelas con mejores y peores resultados en las pruebas de evaluación de 4º de ESO. Un mes después de realizar esta petición, el Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo envió los resultados de las pruebas por escuelas, pero decidió sustituir el nombre de éstas por un número que no permite su identificación.

Tras un recurso de reposición en el que se pedía el nombre de las escuelas, el Consejo —dos meses después de realizar la primera petición— decidió desestimarlo. Alegó que estas pruebas no son una “evaluación de la calidad del sistema educativo sino una evaluación de las competencias y conocimientos básicos del alumno para proporcionar a los docentes indicadores pedagógicos que sirvan para orientar y organizar actividades de educación y aprendizaje”.

La resolución también basa su negativa a proporcionar la información en el hecho de que aún está pendiente reglamentar de qué manera se harán públicos estos datos, y “ponderando el perjuicio que eventualmente se podría ocasionar en los centros con peores resultados”.

Este hecho contrasta con la información facilitada por el Departamento de Educación británico, que permite conocer información de las escuelas del país. Así, los ciudadanos pueden saber el porcentaje de alumnos de la escuela con notas altas y bajas en los exámenes de lectura, escritura y matemáticas, el nombre de alumnos que tienen notas superiores e inferiores a la media estatal, el porcentaje de absentismo escolar, el nombre de alumnos que tienen una beca de comedor, etc.

¿Qué restaurantes tienen problemas de higiene?

La Agencia de Salud Pública de Barcelona decidió no proporcionar esta información pedida mediante la ley de transparencia. La Agencia argumentó que facilitarla podría “interferir en la investigación de las infracciones administrativas que se puedan derivar”. Además, alegó que publicar la información relativa a la puntuación en las inspecciones de sanidad de estos establecimientos “queda fuera del ámbito del derecho de acceso a la información pública, al tratarse de notas, y otra información que puede ser considerada como documentos de trabajo sin relevancia o interés público”.

En Reino Unido, el gobierno sí considera de interés público que los ciudadanos sepan si el restaurante en el que comen habitualmente tiene una buena calificación en la inspección de sanidad, y por eso publica un listado de todos los establecimientos que sirven comida (se incluyen hospitales, universidades, etc.) y su respectiva puntuación en la última inspección.

¿Cuánto cobran las productoras de TV-3?

La Corporación Catalana de Medios Audiovisuales tampoco ha suministrado los detalles de los contratos de TV-3 con productoras audiovisuales externas. En respuesta a la petición, ha alegado que hacer públicos los datos relevantes de los contratos puede afectar “derechos o intereses de terceros”.

En la mayoría de países europeos, las administraciones disponen de una dirección de correo electrónico a la que se pueden enviar peticiones sobre cualquier dato público. En cambio, el periplo de los ciudadanos catalanes para ejercer el derecho de petición es mucho más largo y complejo. En muchos casos esto puede acabar frenando la petición.

Hemos tenido más problemas para pedir información en España que en Serbia”

El primer paso es acceder a la web www.transparencia.gencat.cat. Los usuarios deben rellenar un formulario en el que se debe seleccionar el tema y subtemas de la petición, indicar el formato en el que se quiere recibir la respuesta y facilitar los datos personales, entre los cuales deben figurar obligatoriamente el nombre, correo electrónico y número de DNI.

También se debe certificar que se es mayor de 16 años —los menores de esta edad no pueden ejercer el derecho de petición—, y aceptar que los datos personales sean incorporados a un fichero llamado Acceso a la información pública, del que es responsable el Comisionado para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública.

El abogado especializado en la ley de transparencia, Josep Matas, explica que “cada administración, según la ley, puede decidir cómo pide al ciudadano que se identifique, pero la ley obliga a recoger un mínimo de datos. Por ejemplo registrarse una vez y actuar luego con usuario y contraseña o utilizar un certificado electrónico”.

La página web de transparencia de la Generalitat promueve que los ciudadanos se den de alta en Idcat-SMS, un sistema que permite la identificación mediante el número de móvil, al cual se envía un PIN temporal para hacer peticiones en línea. Previamente es necesario inscribirse físicamente en este registro, y no todas las ciudades catalanas disponen de una oficina para hacerlo.

Helen Darbishire es la directora de AccessInfo, una organización dedicada a promover el derecho de acceso a la información. Explica que este proceso, que se aplica tanto en la ley catalana como en la española “demuestra una falta de confianza desde la administración pública hacia el ciudadano. La idea de que la persona tiene que ser identificable es una mala concepción de la relación entre administración y público. Es una visión muy antigua de la administración. No hay necesidad de saber quién es la persona, sino que se debe entregar la información a quien la pida”.

Asimismo, recuerda que el derecho de acceso es un derecho fundamental “que se está violando con este sistema que está fuera de los estándares no solo europeos sino internacionales”. Darbishire es categórica sobre lo que pasa en Cataluña y el resto de España: “Hemos tenido más problemas para pedir información en España que en Serbia o México”.

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