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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Ni ‘póstumos’ ni ‘non-natos’

¿Por qué se está buscando que el TC actúe antes y después de los momentos que le corresponden y fuera de los ámbitos para los que está diseñado?

Cuando en un país, de forma recurrente, adquiere un protagonismo importante el Tribunal Constitucionaln (TC), se debe interpretar como un síntoma evidente de inestabilidad del sistema, y sobre todo de fracaso de la política, o lo que es lo mismo, de fracaso de sus gobernantes. Tecnicismos legales aparte, el sentido común me indica que el TC es el órgano que debe velar para que, ni los textos legales que salgan de los parlamentos, ni las decisiones que tomen los gobiernos, estén en contra de la norma constitucional que proclama derechos y obligaciones, y sostiene todo el edificio de instituciones políticas. El número elevado de recursos al TC durante los últimos años, tanto por parte del Gobierno central como por los autonómicos, y también por otras entidades políticas, hace pensar en esta inestabilidad. Recuerdo los tres casos más relevantes.

1. Estatut de Catalunya. Hace diez años, el Parlament de Cataluña aprobó un nuevo estatuto de autonomía. Este texto fue revisado, retocado, y aprobado nuevamente, por el Congreso de Diputados, y finalmente refrendado por el pueblo catalán. Después de todo este recorrido, el Partido Popular (no el Gobierno del Estado) presentó recurso de inconstitucionalidad. Recurso que, para mi gran sorpresa, el TC aceptó a trámite y dio lugar, después de cinco años de difícil recorrido, a una sentencia que causó una gran indignación en Cataluña.

Compartí este sentimiento, pero dije siempre que mi malestar sería el mismo, aunque la sentencia hubiera sido distinta. Sigo pensando que la indignación no debía dirigirse al contenido de la sentencia, sino al hecho de que el TC hubiera aceptado el recurso y hubiera dictado sentencia sobre un texto que había ya pasado por todos los trámites necesarios, incluyendo el refrendo soberano del pueblo. Este refrendo era el final de su recorrido; y por tanto me resultó incomprensible e inaceptable una actuación póstuma del tribunal. Parece que, ni los recurrentes ni el propio tribunal, habían entendido cuál era su papel, y en qué momentos era pertinente su actuación.

2. La declaración soberanista. Hace pocos dias, un grupo mayoritario de diputados catalanes elegidos en las recientes elecciones autonómicas, ha presentado al Parlament una propuesta de resolución para que fuera discutida en un próximo pleno. El contenido de la propuesta contiene bastantes elementos que yo personalmente no suscribo, pero nunca se me hubiera ocurrido acudir al Tribunal Constitucional, para impedir que se celebre la sesión, se discuta su contenido y, si tiene mayoría, se apruebe. Los grupos parlamentarios del PP y de Ciutadans, lo han intentado y, felizmente, el TC se lo ha denegado. Si no hubiera sido así, nos hubiéramos encontrado ante una suspensión de un texto todavía non-nato, y en una situación de impedimento del ejercicio de su función política a los representantes del pueblo, por parte de un órgano que pienso que no tiene competencias para hacerlo.

Algo muy distinto será el previsible recurso, una vez exista la moción aprobada, moción que, visto su contenido actual, pienso que será seguramente declarada inconstitucional, originando otro tipo de problemas que no son los que ahora estoy comentando.

3. Reforma del Tribunal Constitucional. El actual Gobierno, con toda la oposición radicalmente en contra, aprobó hace unas semanas una reforma de ley que dota al TC de facultades complementarias para, además de dictar sentencias, poder actuar de cara a la ejecución del cumplimiento de las mismas, cosa que hasta ahora estaba reservada a otros poderes. No se ha dado el caso todavía, pero probablemente veremos situaciones de tal tipo en las próximas semanas.

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Estamos pues ante la evidencia de recursos ante decisiones non-natas, y de actuaciones póstumas ante otras decisiones que han terminado plenamente su recorrido. Estos tres casos me conducen a formular tres preguntas: ¿Por qué se está buscando que el TC actúe antes y después de los momentos que le corresponden, y fuera de los ámbitos para los que está diseñado? ¿Es que se intenta someter la soberanía de los ciudadanos y los derechos de los diputados elegidos, a un poder superior disimulándolo con una capa de legalidad? Si esto se consiguiera, ¿sería una deformación cínica de la democracia, y entraríamos en una dictadura escondida?

Joan Majó es ingeniero y exministro

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