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Mas y dos cargos de la Generalitat, imputados por la consulta del 9-N

El Tribunal Superior de Justicia cita también a la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega y a la consellera de Enseñanza, Irene Rigau

Jesús García Bueno

Nueve meses después de admitir la querella de la Fiscalía, y apenas dos días después de las elecciones del 27-S, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha citado a declarar como imputado al presidente de la Generalitat, Artur Mas, por la consulta independentista del pasado 9 de noviembre de 2014. Mas declarará el próximo 15 de octubre como imputado por un presunto delito de desobediencia. También lo harán, dos días antes, la exvicepresidenta del Gobierno Joana Ortega y la consejera de Enseñanza, Irene Rigau, por el mismo motivo.

En una breve resolución, el magistrado Joan Manel Abril ha citado a los tres cargos de la Generalitat y a cinco testigos que había solicitado la Fiscalía y que también participaron en la preparación de la consulta del 9-N. Las defensas de Mas, Ortega y Rigau habían pedido que no se acordaran nuevas diligencias de investigación ni declaraciones de testigos hasta que sus clientes comparecieran, como imputados, ante la justicia.

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La Fiscalía General del Estado presentó a finales de noviembre la querella contra el presidente de la Generalitat, Artur Mas, por la supuesta comisión de delitos de desobediencia grave, prevaricación, malversación y usurpación de funciones en el proceso participativo del 9-N. El fiscal jefe catalán presentó la denuncia por orden del fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, pese a su negativa (junto a los otros ocho fiscales que componen la junta en Cataluña) a acusar al presidente de la Generalitat. El aspecto común de las condenas para los cuatro delitos es que conllevan penas de inhabilitación para cargos públicos.

La sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña decidió, en diciembre, investigar al presidente de la Generalitat,Artur Mas, por organizar la consulta alternativa del 9 de noviembre.Los magistrados admitieron a trámite la querella de la Fiscalía General del Estado en la que se acusa a Mas y a dos de sus consejeros por presunta desobediencia.

El pleno de la sala civil y penal del TSJC, después de más de cuatro horas de reunión, acordó por mayoría admitir a trámite “todas las denuncias y querellas vinculadas a los hechos relativos a la presunta desobediencia de la resolución del Tribunal Constitucional del 4 noviembre 2014”, según una nota emitida entonces por el tribunal catalán. La investigación también abarca “todos aquellos hechos que, de manera directa o indirecta, estén relacionados” con la desobediencia respecto a la consulta soberanista.

Los abogados ya están preparando las declaraciones y no recurrirán la decisión del TSJC de imputar a Mas, Ortega y Rigau. Fuentes cercanas a la instrucción sostienen que hasta ahora se había evitado la citación como imputado de los tres cargos para evitar que influyera -en uno u otro sentido- en el desarrollo de la campaña electoral. Por lo general, una de las primeras medidas que un juez acuerda cuando admite a trámite una querella es citar a declarar a los querellados. La tardanza del TSJC en acordar esta diligencia (nueve meses) había generado suspicacias y críticas en la acusación, agregan las mismas fuentes.

Además de la declaración de los imputados, para el 19 de octubre está prevista la declaración de diversos testigos. Además de algunos responsables de organizar aspectos materiales necesarios para celebrar la consulta (equipos informáticos, urnas, etétera) declarará la directora de un instituto público de L'Hospitalet. Dolores Agenjo denunció presiones para ceder el centro como local de votación.

Penas que conlleva cada delito

El delito de desobediencia del que se acusa a Artur Mas conlleva una pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

La obstrucción a la justicia o usurpación de funciones está castigada con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

La prevaricación administrativa está penada con la inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

Y, en el caso de la malversación, la pena de multa es de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años. El Código Penal especifica, además, que si el culpable no reintegra el importe de lo distraído dentro de los diez días siguientes al de la incoación del proceso, se le impondrán penas de tres a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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