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El TSJC concluye que haber votado el 9-N no es delito

La providencia surge de un votante que se autodenunció a raíz de la querella contra Mas

Urna electoral en un instituto de Terrassa el 9 de noviembre.
Urna electoral en un instituto de Terrassa el 9 de noviembre.Cristóbal Castro

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha concluido que el simple hecho de haber votado en la consulta alternativa sobre la independencia del 9 de noviembre "no constituye infracción penal de ninguna clase".

Así lo considera en una providencia, recogida por Europa Press, en la que rechaza una 'autodenuncia' presentada por una de las personas que se autoinculparon cuando el tribunal abrió la causa contra el presidente de la Generalitat, Artur Mas, la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega y la consellera de Enseñanza, Irene Rigau.

"La conducta confesada no supone participación en ninguno de los delitos atribuidos al Molt Honorable President y a dos miembros del Govern de la Generalitat que se están investigando en este Tribunal", sostiene el TSJC, en referencia a los presuntos delitos de desobediencia, malversación de fondos públicos y prevaricación.

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