Condena a 15 narcos que heredaron la cocaína del fallecido Patoco
La Audiencia Nacional absuelve a otros 11 acusados
El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Nacional ha reducido a casi la mitad las expectativas de la Fiscalía Antidroga de condenar a los 26 presuntos integrantes de las dos bandas que se unieron en 2008 para rematar los millonarios negocios de cocaína que había concertado antes de morir en accidente de moto el entonces principal capo del transporte de cocaína en la ría de Arousa, Manuel Abal Feijoo, Patoco. La Sala ha condenado por dos desembarcos de más de siete toneladas de cocaína —interceptadas por la policía— a 15 de los acusados que se sentaron en el banquillo porque considera que para el resto no se presentaron pruebas suficientes. El fiscal ya había retirado la acusación inicialmente formulada contra cuatro de ellos.
La máxima condena de 22 años y multa de 300 millones de euros es para el lanchero multireincidente Baltasar Vilar Durán, Saro; seguido de Gregorio García Tuñón, con 13 años y multa de 483 millones como el hombre que asumió la jefatura de la organización de Patoco; y de José Ángel Vázquez Agra al que le condenan a 10 años y 322 millones de multa. A nueve años y multa de 161 millones de euros condenó también el tribunal al hermano de Patoco, Benito Abal Feijoo, y a otro histórico del transporte de droga, Juan Carlos Fernández Cores, Parido, que tenía su propio grupo de lancheros. Con la misma pena la Sala condenó a cuatro familiares directos de la viuda de Manuel Abal: Ramón, Rogelio y Gabriel Fabeiro Torres y a Pablo García Fabeiro, así como a José Manuel Gondar Otero, José Ramón Rey Pereira, Ricardo Cacabelos Charlín y Marcos Luis Padín Martínez.
La sentencia es fruto de una de las mayores operaciones policiales desarrollada por el equipo Greco de Galicia, que dejó sin medios marítimos a los transportistas de cocaína que desde entonces nunca recuperaron las cotas de operatividad alcanzadas en la pasada década. Las defensas pretendieron suavizar las condenas alegando que el delito contra la salud pública no se había consumado, pero el tribunal lo desestimó de plano.
Sin embargo, la Sala admitió la teoría de los “actos neutros” en relación con la participación de los considerados como colaboradores e intermediarios en la logística marítima de la organización de Manuel Abal y Fernández Cores. Así, por ejemplo, absolvió a José Campos Ribas, propietario de la empresa Pep Campos Representaciones, SL, con sede en Palma de Mallorca, representante de los astilleros SACS, de Milán, en España. Esa compañía vendió a Patoco la mayor lanzadera interceptada en Europa para el transporte de cocaína, fue localizada por la policía en la playa de Area Fofa, en Nigrán. El tribunal invocó la jurisprudencia del Supremo porque cree que esta cuestión “lo que plantea es la exigencia de que toda acción típica represente, con independencia de su resultado, un peligro socialmente inadecuado” y por lo tanto considera que para los procesados “carece de relevancia pena”" porque no hay pruebas de que estuvieran al corriente de las actividades delictivas de su cliente Patoco.
Después de hacer un análisis pormenorizado de cada caso, los magistrados absolvieron también a Evaristo Fabeiro Besada, Franciso Bugallo Varela, Antonio Gómez Souto, Pablo Gómez Souto, Antonio Manuel Reiriz González y Cástor Pérez Romero.
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