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El Superior avala que una empresa guipuzcoana no devuelva ayudas fiscales

El Tribunal Superior vasco da la razón a un compañía disconforme con la devolución de las denominadas 'vacaciones fiscales'

San Sebastián -

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado el recurso interpuesto por una empresa guipuzcoana discrepante con el procedimiento seguido por la Diputación de Gipuzkoa en la recuperación de las ayudas fiscales declaradas ilegales por la UE, de las que se benefició la firma.

En una sentencia fechada el pasado 16 de septiembre, la sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal considera que se generó una situación de indefensión del contribuyente al omitirse en el proceso el trámite de audiencia de la empresa afectada. De esa manera la compañía, Hijos de Juan de Garay, que opera en el sector del metal, no pudo oponer objeciones a las liquidaciones giradas por la Hacienda guipuzcoana a la compañía para recuperar las ayudas fiscales de las que se benefició.

Se trata de los incentivos conocidos como "vacaciones fiscales", de las que se beneficiaron las empresas vascas en la década de los noventa y que posteriormente fueron declaradas ilegales por la Unión Europea, lo que obligó a las instituciones vascas a la recuperación de estas ayudas.

Sin embargo y siguiendo la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en un caso similar protagonizado por una empresa alavesa, el TSJPV estima el recurso interpuesto por la firma guipuzcoana contra un acuerdo del tribunal administrativo de la Diputación de Gipuzkoa contrario a las pretensiones de la compañía y considera que hubo indefensión de la sociedad por no haber sido escuchada al hacer su liquidación de impuestos. Contra la resolución del TSJPV cabe la interposición de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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