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Una juez pide que se impute a la exfiscal jefe de A Coruña por falsedad

El auto ve indicios de que Esther Fernández falseó documentos para propiciar la expulsión de un subordinado La sanción a su compañero fue anulada posteriormente por la justicia

La juez de Instrucción número 3 de A Coruña, Elena Rodríguez Molpeceres, ha dictado un auto en el que pide que se impute a la actual fiscal superior de Asturias, Esther Fernández García, por un presunto delito de falsedad documental relacionado con el expediente que propició la primera expulsión de la carrera de un fiscal en democracia. La separación del servicio del fiscal Juan Antonio Frago fue anulada posteriormente por la Audiencia Nacional.

El auto de la juez, que ha sido recurrido por el ministerio público, es el paso previo a la remisión al Tribunal Supremo del caso, al gozar la fiscal de Asturias de aforamiento ante el alto tribunal. La investigación se inició tras una denuncia del propio Frago y de ella se deduce que la fiscal Fernández, cuando ejercía este cargo en Galicia, y una de las funcionarias de la Fiscalía de A Coruña podrían haber manipulado documentos para dar a entender que el fiscal que luego fue sancionado había actuado a sus espaldas remitiendo documentos a los juzgados sin el visado de su superior.

Según el auto al que ha tenido acceso Europa Press, las pesquisas concluyen que los citados documentos "no se corresponden con los originales, pues han sido modificados y alterados, sirviendo los mismos para producir efectos jurídicos en el procedimiento disciplinario abierto y base además de la consiguiente sanción que en el mismo recayó". Entre las irregularidades encontradas en los documentos supuestamente remitidos por Frago a espaldas de su jefa el auto de la juez Rodríguez Molpereces destaca la ausencia de firma o alteraciones en la misma, encabezado y letra no utilizados habitualmente por el denunciante, ausencia de los datos propios del envío por fax , y envíos realizados en el periodo en que se encontraba de baja.

Esta conducta, según la juez de A Coruña, pudiera ser tipificada como un posible delito de falsedad documental cometida por funcionario público. En el caso de no prosperar el recurso interpuesto por la propia Fiscalía, el asunto será remitido al Supremo en virtud del artículo 35.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Este artículo dispone que los fiscales superiores de las comunidades autónomas y los fiscales jefes de las fiscalías provinciales tendrán la categoría equiparada a la de los presidentes de los tribunales superiores de justicia y presidentes de las audiencias provinciales, que responden ante el alto tribunal según lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

En la causa también ha resultado imputada una de las funcionarias de la Fiscalía de A Coruña, Mercedes G., quien podría haber incurrido igualmente en delitos relativos a la custodia de documentos y en falsedad documental. El fiscal, ya reincorporado a la carrera tras anularse su expulsión, había sido sancionado por la comisión de "varias faltas de carácter muy grave", algunas de ellas relacionadas con comportamientos de "falta de respeto" a su superior, la fiscal jefa de esa provincia María Esther Fernández.

En octubre del pasado año la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional anuló la expulsión de Frago, que había sido instada por un decreto firmado por el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce. Afirmaba la Audiencia que se vulneraron sus derechos fundamentales en la tramitación del expediente y hubo también infracción del principio de legalidad.

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Frago fue separado del servicio por resolución del Ministerio de Justicia el 25 de marzo de 2013 y la decisión de la Audiencia, que no fue recurrida, obligó a reponerle "en su condición de funcionario miembro del Ministerio Fiscal con todas las consecuencias administrativas y económicas derivadas de ello", según señalaba la Audiencia Nacional. Se le sancionó concretamente por falta continuada muy grave del artículo 62.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, consistente en el incumplimiento de las órdenes particulares y requerimientos personales dirigidos por escrito "cuando de aquel se haya derivado perjuicio en el proceso o alteración relevante en el funcionamiento interno de la Fiscalía". En su día, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) denunció que el procedimiento sancionador presentaba "graves deficiencias en lo que se refiere a garantías procesales".

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