Hacienda primará al hombre si empata con una mujer en una plaza de inspector
El criterio ha sido utilizado en 14 convocatorias del Gobierno valenciano De aplicarse, habría beneficiado en siete ocasiones a los hombres
La Consejería de Hacienda primará en caso de empate a un hombre, en vez de a una mujer en el concurso para consolidar una plaza de técnico superior del cuerpo de inspectores de tributos de la Generalitat valenciana. La situación es consecuencia del plan de Igualdad 2010-2012, aprobado por el Gobierno valenciano y los sindicatos representados en la función pública, que determina que a igualdad de méritos se primará el sexo "infrarrepresentado", y en este cuerpo de inspectores es el masculino.
La situación se refleja en la convocatoria del concurso de méritos para la provisión del cuerpo de inspectores de tributos de la Generalitat, publicada el pasado día 3 de abril. En ella se establece que un tribunal integrado por dos hombres y cinco mujeres valorará los méritos de los aspirantes. Una vez evaluados los méritos de quienes participen, si se produjese un empate las normas para deshacerlo serán las siguientes. Primero se adjudicará el puesto "al aspirante más antiguo en el cuerpo". Si prosigue la situación de igualdad en la puntuación, la plaza será para el concursante varón puesto que el "sexo masculino es el infrarrepresentado" en el citado cuerpo de funcionarios. Las bases establecen que, si aún así hubiese más de dos hombres empatados en méritos y antigüedad, entonces la situación se resolverá "atendiendo al criterio de estricto orden alfabético del primer apellido de los funcionarios en cuestión, tomando para ello el apellido que a tal fin se insacule".
Fuentes de la Consejería de Hacienda han indicado que “nunca” con anterioridad se han producido empates en concursos de estas características y que la aplicación del plan de Igualdad de la Generalitat se tiene en cuenta en las convocatorias que realiza la Administración valenciana. El concurso de traslados convocado para los inspectores de tributos de la Generalitat afecta a nueve mujeres y a seis hombres.
Desde los sindicatos de la Función Pública se admite que, aunque la redacción causa extrañeza, desde el punto de vista legal está ajustado a derecho.
El criterio para primar al sexo “infrarrepresentado” en caso de empate se ha utilizado 14 veces desde 2010 en las convocatorias de la Generalitat. En la mitad de ellas, en caso de empate, se hubiese favorecido al sexo masculino, en tres al femenino y en cuatro hubiese sido imposible recurrir a este criterio de desempate porque los colectivos afectados estaban dentro de la horquilla de entre el 60% y el 40%. Una situación que se explica porque de los 17.000 empleados públicos cerca del 70% son mujeres.
Mar Vicent, responsable del área de la mujer en la federación de servicios públicos de Comisiones Obreras, defendió el criterio utilizado en el concurso de traslados que prevé la resolución de empates a favor del sexo infrarrepresentado. Mar Vicent explicó que este criterio emana del artículo 43 de la ley orgánica de Igualdad de 2007 y que está expresamente recogido en el plan de Igualdad de la Administración valenciana 2010-2012 prorrogado. “Si los hombres están infrarrepresentados lo lógico es que les beneficie el criterio”, prosiguió Vicent, “No nos vamos a portar como se han portado con nosotras”. “El problema es que los puestos de responsabilidad siguen siendo, en su mayoría, ocupados por hombres”, dijo la responsable de la mujer de CC OO. Unos datos que no están disponibles en la actualidad porque falta evaluar el plan de igualdad prorrogado y pactar uno nuevo.
La profesora de Derecho Constitucional, Julia Sevilla, se pronunció a favor del criterio utilizado, que en la mayoría de los casos beneficia a las mujeres. “La jurisprudencia del Tribunal Constitucional distingue claramente entre la protección y el proteccionismo a la hora de aplicar las políticas de igualdad”, continuó, “Me parece bien que se utilice ese criterio de discriminación siempre que se aplique también cuando las mujeres están infrarrepresentadas. El problema es que los planes de igualdad normalmente no se cumplen”.
La secretaria de Igualdad del PSPV, Rosa Peris, admitió que la actuación de la Consejería de Hacienda y Administración Pública es “plenamente constitucional, pero el Tribunal Constitucional exige que haya una situación real de discriminación, que la medida sea adecuada para acabar con ella y que sea temporal”. “Por eso”, prosiguió, “la Generalitat debe aportar los datos exactos de esta infrarrepresentación de la que se habla, a ver si la primera vez que se les ocurre poner en marcha estas medidas lo hacen precisamente a favor de los hombres”. “Si el Gobierno de Fabra quiere avanzar hacia la igualdad tiene la posibilidad de empezar por su porpio Consell, en el que sí hay una clara infrarrepresentación de mujeres”.
El consejero de Hacienda y Administración Pública, Juan Carlos Moragues, sorprendido por la polémica indicó en un acto público en Elda que “no puede haber una discriminación de sexo porque la Constitución lo prohíbe, pero que si no es así se corregirá” el criterio en el concurso.
La condición utilizada para deshacer los empates en el concurso de los inspectores de tributos figura en el punto 2.1 del plan de Igualdad de la Administración valenciana que afirma textualmente: "Las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso al empleo público y las convocatorias de concursos de méritos deberán incluir un párrafo en el que se señale si existe infrarrepresentación de alguno de los dos sexos. Se entenderá por composición equilibrada y que por tanto no hay infrarrepresentación, la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menores del cuarenta por ciento".
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