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tribunales

Condenado por calumnias el abogado que acusó a Rodolfo Ares de ordenar torturas

El exconsejero cree que se "ha atajado el intento de ensuciar la imagen de la Ertzaintza"

Rodolfo Ares, a la izquierda, en el juicio por calumnias contra Alfonso Zenón (primero por la derecha) el pasado febrero en Bilbao.
Rodolfo Ares, a la izquierda, en el juicio por calumnias contra Alfonso Zenón (primero por la derecha) el pasado febrero en Bilbao. LUIS TEJIDO (EFE)

La magistrada-juez titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Bilbao ha condenado al abogado de presos de ETA Alfonso Zenon Castro a una pena de 18 meses de multa por un delito de calumnias con publicidad cometido contra el exconsejero de Interior Rodolfo Ares, al que deberá abonar 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Zenon le acusó de haber ordenado que la Ertzaintza torturara a los detenidos en una operación contra ETA llevada a cabo en Ondarroa en enero de 2010.

Según ha informado el PSE-EE en un comunicado, la sentencia considera que los hechos juzgados entran de lleno en el artículo 205 del Código Penal, que describe la calumnia como "la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad". Por ello, se condena a Alfonso Zenon a una pena de 18 meses de multa con una cuota de 12 euros diarios, al pago de las costas del proceso y a abonar al denunciante la cantidad de 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Ares ha anunciado que donará esta cantidad a una ONG cuando se confirme su abono. Asimismo, el exconsejero de Interior ha expresado su satisfacción porque la Justicia haya "ratificado la falsedad y falta de fundamento de las imputaciones que se hicieron contra la Ertzaintza y mi persona". "Presenté la denuncia porque no podía tolerar que se intentara ensuciar impunemente la imagen y el buen hacer de nuestra policía, acusándole con falsedad de torturar a personas detenidas", ha añadido.

Los hechos ahora ocurrieron el 8 de febrero de 2010 en una rueda de prensa celebrada en Bilbao por el abogado defensor de presos de ETA Alfonso Zenon, pocos días después de que se produjera en Ondarroa la detención por la policía vasca de varias personas acusadas, entre otras acciones, del atentado cometido por ETA contra la comisaría de la Ertzaintza en la localidad vizcaína. En dicha comparecencia, acompañado de otros letrados y familiares de los detenidos, el abogado ahora condenado afirmó que "la nueva División [Antiterrorista] de la Ertzaintza tortura bajo las órdenes de Ares". Tras estas palabras, el entonces consejero de Interior presentó una querella criminal por calumnias contra el letrado, que fue admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 3 de Bilbao.

Ares denunció en aquel momento la "falsedad" de las acusaciones y aseguró que no iba a tolerar que "nadie pretenda poner en cuestión mi honorabilidad y ensuciar el buen nombre y el buen trabajo de la Ertzaintza". El PSE-EE ha recordado que, aunque los detenidos presentaron denuncias por malos tratos, estas fueron archivadas por los tribunales, sin que el abogado Alfonso Zenon "rectificara sus manifestaciones" y, según ha indicado, tampoco lo hizo en el juicio oral, celebrado el pasado 5 de febrero.

En la sentencia, según han explicado el PSE-EE, la magistrada rechaza las alegaciones realizadas por Alfonso Zenon y establece que el derecho a la libertad de expresión y a la crítica de cargos públicos "no ampara la atribución de concretos hechos delictivos a persona específica, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad, como sucede en el caso presente". 

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