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Absuelto de prevaricación el exalcalde de Orihuela José Manuel Medina

El exregidor del PP había sido condenado por causar una merma de dos millones al municipio

El ex alcalde de Orihuela, José Manuel Medina, del PP, ha sido absuelto en segunda instancia de la condena a siete años de inhabilitación para el cargo público por un delito de prevaricación. El exregidor recurrió el pasado mayo ante la Audiencia Provincial la sentencia del Juzgado de lo Penal número tres de Orihuela (Alicante), que le condenó por causar una merma de dos millones de euros a las arcas municipales.

Fuentes de la Fiscalía Anticorrupción, que abrió la causa original contra Medina, han confirmado que el que fuera alcalde oriolano durante 13 años hasta 2007 ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Alicante, si bien no pudieron precisar los motivos de la exculpación al no estar personados en la segunda instancia. La fiscalía que dirige Felipe Briones abrió 15 causas contra el exregidor y con esta son 13 las que han sido archivadas.

La Audiencia, por tanto, ha dejado sin efecto la sentencia original, que consideró probado que Medina cometió un delito de prevaricación en relación con un expediente urbanístico. La inacción del exprimer edil en el procedimiento causó una merma patrimonial al Ayuntamiento de Orihuela que debió haberse reclamado por vía judicial a un agente urbanizador.

El Ayuntamiento dirigido por Medina solicitó en 2004 a la Agrupación de Interés Urbanístico Las Piscinas 4.220,50 metros cuadrados —o en su defecto una indemnización de 2.105.006,50 euros— que faltaban por aportar en una finca entregada al consistorio por la sociedad.

La junta de gobierno local aprobó en mayo de 2004 iniciar los trámites para exigir al agente urbanizador el terreno que faltaba o una indemnización por su valor, y el propio Medina firmó después un decreto en ese sentido. La empresa no respondió al decreto y el exalcalde dictó otro en el que emplazaba de nuevo al agente urbanizador a resarcir al consistorio en el plazo de 15 días bajo la advertencia de que el municipio ejercería acciones legales contra él.

La juez apuntó que, como alcalde, Medina “pudo haber convocado al pleno para discutir” las posibles acciones legales o pedido informes sobre el caso, pero no lo hizo. Durante el procedimiento, Medina alegó que había consultado “de manera verbal” a varios expertos, que le habrían dicho que no era posible ejercer acciones legales en ese asunto. La Audiencia Provincial le ha dado la razón ahora, según confirmó la Fiscalía.

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