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Condena a Bankia por vender a unos jubilados preferentes como plazos fijos

La entidad deberá devolver 45.000 euros a un matrimonio de jubilados

El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver 45.000 euros a un matrimonio de jubilados que invirtió en preferentes por ese importe entre los años 2000 y 2009 creyendo que habían adquirido plazos fijos, como les aseguraban los empleados de la entidad.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, estima la demanda interpuesta por los representantes legales de la pareja y declara nulos los contratos de adquisición de participaciones preferentes contraídos, así como el canje por acciones realizado posteriormente.

El fallo, contra el que cabe recurso, condena a la entidad bancaria a devolver el dinero a los demandantes, con abono de intereses legales -descontando los rendimientos o cupones percibidos-.

Según recoge la sentencia, facilitada por el letrado demandante, Jaime Navarro, la pareja, un matrimonio de jubilados sin conocimientos financieros, invirtió en participaciones preferentes "sin conocer de forma cabal su funcionamiento y riesgos", siendo obligación de Bankia haberles "informado convenientemente".

El juez destaca además la participación preferente como "un valor de máximo riesgo, a diferencia de las acciones ordinarias", y explica que su complejidad y riesgo hace que el legislador haya "impuesto una carga informativa y explicativa, enunciada como norma de conducta, a la entidad comercializadora del producto y tendente a la protección de los inversores".

El matrimonio incurrió en "error esencial" respecto del contrato de adquisición de participaciones preferentes "al no conocer de forma cabal su funcionamiento y los riesgos del mismo", siendo obligación de Bankia haberles informado convenientemente", según concluye.

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Aclara, asimismo, que al cliente se le debe entregar la "información suficiente por escrito en tiempo y forma correctos".

La entidad bancaria, que ha declinado opinar a EFE sobre la resolución, negó en el juicio los hechos, alegando que cuando el matrimonio concertó el producto "conocía y entendía su funcionamientos y riesgos", y que la parte demandada "no infringió sus obligaciones".

Por contra, el abogado del matrimonio de jubilados ha manifestado que "les dijeron en todo momento que estaban adquiriendo un plazo fijo mientras que realmente les vendían preferentes", algo de lo que se enteraron por la carta del canje por acciones que Bankia les envió en 2012 indicándoles "que ellos eran también afectados de la estafa de las preferentes".

Reclamaron entonces a la entidad bancaria la documentación donde se demostrara que habían comprado preferentes y Bankia fue "incapaz de proporcionársela, tal y como quedó probado en el juicio", ha indicado.

"La por entonces Bancaja no indicaba el nombre completo del producto en las órdenes de compra, sino únicamente PPF, lo que pasaba por abreviatura de Plazo Fijo, que era lo que a la clientela se le decía", ha añadido.

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