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Una polémica mirada de control

La Comisión de Videovigilancia autorizó durante este año un total de 60 expedientes para la instalación de cámaras de seguridad en lugares públicos

Un cartel advierte en San Sebastián de que la zona está vigilada por videocámaras.
Un cartel advierte en San Sebastián de que la zona está vigilada por videocámaras. javier hernández

En alguna esquina, un cartel avisa de que el peatón está a punto de acceder a una zona cubierta por una cámara de vigilancia. Una medida excepcional para garantizar la seguridad ciudadana y prevenir los delitos, según la ley que regula el uso de estos dispositivos, pero de la que resulta casi imposible saber su afección real. A lo largo de este año en Euskadi se han autorizado cinco solicitudes de otros tantos Ayuntamientos para la instalación de videocámaras fijas y se han renovado otros 55 expedientes entre las peticiones de diversos consistorios, las tres Diputaciones y el Gobierno vasco. A ello se suma el empleo hasta en 35 ocasiones de dispositivos móviles de grabación por la Ertzaintza —nueve con carácter de urgencia, es decir, sin la ratificación previa del organismo que supervisa el uso de estos sistemas—, según la memoria de 2013 de la Comisión de Videovigilancia y Libertades, a la que ha tenido acceso EL PAÍS.

“Hay muchas cámaras”, apunta el fiscal superior vasco, Juan Calparsoro, uno de los vocales de la comisión, la instancia que autoriza su instalación y que encabeza Juan Luis Ibarra, el presidente del Tribunal Superior. Completan la comisión otros cinco vocales: cuatro escogidos por Seguridad y el restante, por la UPV.

“Hay Ayuntamientos donde hay más de 60. No estamos hablando de las tres capitales, sino de localidades relativamente medianas. Hay sitios donde no hay ninguna y otros con el mismo tamaño que tienen 100. Su uso no está ligado al tamaño”, destaca Calparsoro.

Estas cámaras, precisa el fiscal superior, son aquellas que han sido instaladas por requerimiento de un cuerpo policial o la Administración, fundamentalmente Ayuntamientos, y cuya misión principal es “grabar imágenes y sonidos en lugares públicos, abiertos o cerrados, y su posterior tratamiento, a fin de contribuir a asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como prevenir la comisión de delitos, faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública”, como recoge la ley orgánica que regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, de 1997.

La autorización de estos dispositivos debe estar motivada, ya que su uso puede entrar en colisión con derechos fundamentales recogidos en la Constitución, como el derecho a la propia imagen, al honor y a la intimidad.

La Ertzaintza debe emitir un informe por cada solicitud recibida en el que considera la idoneidad de la medida y la zona afectada, y entonces la Comisión decide su autorización o no. “A veces se deniega cuando se entiende que no hay una justificación objetiva”, puntualiza Calparsoro. “Un Ayuntamiento de Bizkaia, por ejemplo, solicitó la instalación de una cámara en la zona de lectura de la biblioteca municipal, supongo que para evitar robos de libros, pero entendimos que no había una proporcionalidad entre la medida y el fin perseguido”, agrega.

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El fiscal reconoce que la efectividad de estos dispositivos está demostrada. Cada cámara instalada debe ir acompañada de una serie de carteles distribuidos por las inmediaciones para avisar a los ciudadanos, lo que supone además una medida de disuasión para quien esté dispuesto a delinquir. El fiscal no recuerda ningún caso polémico ni que ningún ciudadano haya interpuesto alguna queja o denuncia por la instalación de estas cámaras, que nunca deben filmar espacios privados, como el interior de los pisos.

Cada mes se destruye el contenido de las grabaciones, a las que solo tienen acceso la Ertzaintza y las policías locales, salvo que un juez determine lo contrario, por ejemplo, al haberse grabado la perpetración de un delito. Las personas que puedan verse afectadas tienen derecho a consultar el contenido de las grabaciones.

Aunque la memoria de la comisión cita un total de 55 expedientes renovados, cada uno de ellos no se traduce en una cámara. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Barakaldo pidió la renovación de los aparatos instalados en el consistorio, en la sede de la Policía Local y en la calle Juan de Garay —la principal zona de ocio juvenil de la localidad— y “adyacentes”. Bilbao tramitó la petición de los dispositivos instalados en el barrio de San Francisco, además de los relativos al edificio consistorial y al edificio policial.

Al uso de cámaras fijas se suma el empleo por la Ertzaintza de otras móviles para grabar, por ejemplo, manifestaciones o grandes aglomeraciones como la Aste Nagusia o la Tamborrada —“situaciones en las que puede existir algún riesgo”, dice el fiscal—, u operativos desarrollados por el cuerpo.

La Policía vasca empleó estos elementos en 35 ocasiones durante este año, nueve de ellas de urgencia como en el despliegue que se saldó con la detención en Ondarroa en mayo pasado de Urtza Alkorta, condenada a cinco años por colaborar con ETA. Su uso fue validado después por la Comisión. La memoria apunta que “las resoluciones de videocámaras móviles” se tienen que motivar “mejor”.

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