El Supremo sentencia a Del Nido a siete años de cárcel por corrupción
El presidente del Sevilla cobró honorarios irregulares de las arcas de Marbella La sentencia elimina el delito de fraude y rebaja en seis meses la pena
El presidente del Sevilla, José María del Nido, ha sido sentenciado en firme por contribuir al expolio de las arcas municipales de Marbella. El Tribunal Supremo ha condenado al abogado a siete años de prisión por los honorarios irregulares que cobró del Ayuntamiento de Marbella entre 1999 y 2003, la misma pena que ha impuesto en el conocido como caso Minutas al exalcalde marbellí Julián Muñoz.
El alto tribunal mantiene los delitos continuados de malversación y prevaricación que impuso a ambos la Audiencia de Málaga hace justo dos años, aunque elimina el delito de fraude y rebaja seis meses la pena fijada en primera instancia. La sentencia solo se puede recurrir en amparo ante el Constitucional y Del Nido tendrá que ingresar en la cárcel, salvo que se admita la excepcionalidad de ese recurso y el Supremo suspenda la ejecución de la condena.
La Sala de lo Penal del Supremo considera que en estos hechos no existe fraude porque el delito queda “embebido o consumido” por el de malversación. “Todos los pactos estaban única y exclusivamente dirigidos al objetivo malversador, que se consiguió plenamente”, alega la sentencia, de 244 páginas.
El alto tribunal alude a la “gravedad” de las conductas de Muñoz y Del Nido, considerados autor y cooperador necesario de los delitos, respectivamente, y achaca esa trascendencia tanto a la cantidad de dinero desviado como a la repercusión de los hechos. El abogado presentó al Ayuntamiento de Marbella 79 facturas y cuatro pagos irregulares que sumaban 2,86 millones de euros, que ahora deben ser devueltos de manera solidaria por los dos al Ayuntamiento.
En el caso Minutas hay otros siete implicados que se han visto beneficiados con una leve rebaja de su condena por la desaparición del delito de fraude. Uno de ellos es el exgerente de Urbanismo de Marbella y cabecilla de la trama corrupta destapada en el caso Malaya, Juan Antonio Roca, penado ahora en firme con tres años de cárcel por malversación. Los otros implicados son directivos de las antiguas sociedades municipales de Marbella y asesores externos. El Supremo también ha condenado a una multa por un delito de falsedad en documento oficial al exsecretario municipal Leopoldo Barrantes, que en su día fue absuelto.
Del Nido llegó al Ayuntamiento de Marbella en 1999, en sustitución de José Luis Sierra (que fue abogado de cabecera de Jesús Gil e ideólogo de la maraña de sociedades municipales), y permaneció junto a Julián Muñoz hasta la moción de censura que lo desbancó del sillón municipal en agosto de 2003. Facturó al gobierno local sobre todo por el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas (alegaciones, cumplimentación de formularios, diligencias preliminares por presunto alcance contable...), pero también prestó sus servicios jurídicos en asuntos como la segregación del núcleo de San Pedro Alcántara o inspecciones tributarias.
La Audiencia, demoledora a la hora de catalogar el papel que jugó el abogado sevillano durante varios años del régimen GIL, sentenció que la mayoría de las minutas que giró correspondían a encargos “innecesarios”, con precios “indeterminados” y designaciones “arbitrarias”. Todo esto ha sido confirmado por el Supremo. No hubo expediente para su contratación y buena parte del trabajo por el que facturó podía haber sido realizado por funcionarios cualificados. Se convirtió en el principal “adlétere” de Muñoz y “su posición dentro del Ayuntamiento fue de tanto poder que incluso llegó a visar facturas pagadas con el dinero municipal o intermediar sobre el reparto de materias entre los concejales”.
El Supremo no ha atendido la petición de la fiscalía de que Del Nido fuera condenado también por falsedad en documento mercantil. De los 14 motivos expresados por Del Nido en su recurso, el alto tribunal solo ha admitido rebajar un grado el castigo por prevaricación. Además de la pena de cárcel, el abogado ha sido penado con cinco años y medio de inhabilitación para empleo o cargo público, frente a los ocho años y seis meses de Muñoz.
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