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Conde Roa deja el PP por una condena que Feijóo considera “contundente”

El presidente de la Xunta recuerda que el exalcalde de Santiago podrá recurrir

Quien fue alcalde de Santiago desde las últimas elecciones municipales y hasta su dimisión en abril del año pasado, Gerardo Conde Roa, solicitó el miércoles su baja como afiliado del Partido Popular. Así lo reveló ayer el presidente de la Xunta y de su partido, Alberto Núñez Feijóo, que considera “contundente” la sentencia que condena a Conde Roa a dos años de cárcel por haber defraudado a Hacienda 291.000 euros a través de su promotora inmobiliaria. La sentencia condenatoria del político santiagués, que aún no es firme y que su abogado ya avanzó que piensa recurrir, se desveló a última hora del martes. Un día después, según anunció ayer Feijóo, Conde Roa pidió su baja del PP, lo que el presidente valoró ayer como “un gesto de coherencia”.

“La justicia acaba de hablar y el afectado podrá seguir solicitando que hable definitivamente”, comentó Feijóo al ser preguntado sobre la sentencia al término de la reunión semanal de su gobierno. Y a continuación reveló que Conde Roa “acaba de solicitar, ayer [por el miércoles], su baja en el partido”. El líder del PP recordó que el entonces alcalde de Santiago ya “dimitió de su cargo cuando fue encausado”. Sin embargo, cuando este diario desveló que el fiscal impulsaba contra él una querella por fraude a partir de un informe de la Agencia Tributaria, Conde Roa se aferró a la alcaldía varios días y solo la dejó cuando desde su partido se le obligó a dimitir y ceder su puesto al actual regidor, Ángel Currás.

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Feijóo mostró su “absoluto respeto a las decisiones de la justicia”, y valoró esta como “contundente”. Una contundencia que supone una condena a dos años de cárcel y al pago de una multa de 580.000 euros, el doble de lo defraudado. Al no tener antecedentes penales, no ingresará en prisión si abona la cuantía original defraudada. Frente a la contundencia de la justicia y de Feijóo, el actual alcalde optó el miércoles por no valorar la sentencia argumentando que “forma parte del ámbito privado de una persona que no está ya en la vida pública”.

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