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El Constitucional suspende la ley valenciana de uniones de hecho

El Gobierno recurrió la norma en julio al considerar que invade competencias estatales

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra la ley valenciana de uniones de hecho aprobada en octubre de 2012. La decisión implica la suspensión cautelar de la norma hasta que el alto tribunal decida sobre el fondo del asunto.

El Ejecutivo central considera que la ley valenciana invade competencias en materia de legislación civil que la Constitución atribuye en exclusiva al Estado. Al anunciar el recurso contra la Generalitat, el Gobierno aseguró que la norma regula instituciones civiles en materia de uniones de hecho que a su juicio "carecen, en absoluto, de antecedentes en el ámbito de la legislación autonómica civil valenciana".

Según el Gobierno, la Generalitat excede con la ley de uniones de hecho las competencias atribuidas para la "conservación, desarrollo y modificación del Derecho civil foral valenciano", por ejemplo, en relación con determinadas funciones de la autoridad judicial. Así, la competencia para resolver medidas cautelares en materia de gastos comunes o para suplir la falta de consentimiento de uno de los convivientes para poder disponer de la vivienda habitual vulnerarían la competencia estatal sobre legislación procesal.

Tras conocer la decisión del Constitucional, el consejero de Gobernación y Justicia, Serafín Castellano, ha asegurado que la Generalitat presentará alegaciones porque entiende que tienen la competencia de legislar en Derecho Civil y, por tanto, considera "que no se invaden competencias del Estado".

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