Garrigós aprueba las bases para alquilar la Cámara de Comercio
Castedo está interesada en ocupar dos planta y el semisótano por 350.000 euros al año
Vía libre, y sin apenas obstáculos, para que la Cámara de Comercio de Alicante, asfixiada económicamente, alquile parte de sus instalaciones al Ayuntamiento de Alicante. La alcaldesa, Sonia Castedo, pretende reubicar en el antiguo hotel Palas algunas áreas municipales (Personal, Comercio, Turismo y Urbanismo) que en la actualidad están prestando servicios en locales de alquiler. El Ayuntamiento deberá pagar un alquiler mínimo anual de 350.000 euros a las arcas de la Cámara de Comercio, que preside José Enrique Garrigós.
El pleno de la institución cameral ha aprobado en la tarde de este jueves, en una reunión extraordinaria y con un único punto de orden del día, las bases del concurso público destinado al arrendamiento de espacios de su sede central. El pliego tiene por objeto regular la contratación del arrendamiento de espacios e instalaciones ubicados en la Planta Baja, Primera Planta y Semisótano de la sede ubicada en la Calle Cervantes nnúmero 3, de Alicante.
El alquiler tendrá como contraprestación, según ha informado la Cámara en una nota, el pago de una renta anual mínima de 350.000 euros más el IVA correspondiente, sin perjuicio de la fijación de una renta superior de acuerdo con la oferta económica realizada por el adjudicatario. Este precio experimentará la variación anual porcentual del IPC. También se valorará cualquier oferta que supere el mínimo espacio objeto de este pliego.
Asimismo, el arrendatario deberá abonar mensualmente la parte proporcional de los gastos generales de mantenimiento, entre los que se encuentran, entre otros, los de mantenimiento del ascensor, aire acondicionado, limpieza, luz y agua, que serán concretados en el contrato de arrendamiento que se suscriba. El arrendatario asumirá, asimismo, los gastos de teléfono e Internet en los que incurra.
El pago de la renta tendrá carácter mensual y deberá efectuarse durante los cinco primeros días de cada mes. Los gastos de mantenimiento se prorratearán mensualmente y serán abonados junto con la renta. En caso de demora en el pago, será aplicable un interés de demora igual al interés legal del dinero incrementado en 3 puntos, sin perjuicio del derecho de resolución del contrato que corresponda al arrendador.
Contrato de cuatro años
La duración del contrato será de un mínimo de 4 años a contar desde que se produzca la ocupación efectiva de las instalaciones. La duración, incluyendo las prórrogas que en su caso se hubieran acordado de forma expresa o tácita, en ningún caso será superior a 10 años.
El contrato de arrendamiento se firmará con el licitador que obtenga una mayor puntuación conforme a los siguientes criterios: Oferta económica (un máximo de 50 puntos); Duración del contrato (un máximo de 10 puntos); Garantía de pago ofrecidas (máximo de 5 puntos); Actividades a desarrollar u naturaleza del licitador (hasta un máximo de 30 puntos); y Propuesta técnica de mejoras previstas en los espacios arrendados (hasta un máximo de 5 puntos).
El contrato se formalizará en documento privado en el plazo de 8 días, a contar desde el siguiente día hábil de la notificación de la adjudicación.
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