El Tribunal Constitucional tumba otro recurso contra Resurrección Galera
La sentencia no implica la readmisión de la docente, que lleva 12 años despedida. La Iglesia alegó que la profesora no estaba en perfecta sintonía con la jerarquía eclesiástica.
El Obispado de Almería ha vuelto a perder otro recurso en los tribunales en el caso de la profesora de religión a la que despidió de manera improcedente en 2001 por contraer matrimonio civil con un hombre divorciado. El Tribunal Constitucional, que ya sentenció que el despido había sido nulo por discriminatorio, ha rechazado un recurso de amparo de la Iglesia contra la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ordenaba la readmisión de la docente, Resurrección Galera, en el colegio Ferrer Guardia de La Cañada.
El obispado apoyó su recurso para evitar la vuelta a las aulas de la profesora en el artículo 27.3 de la Constitución. Alegó que el “derecho fundamental a que los hijos se eduquen de acuerdo a sus propias convicciones religiosas” no se puede ejercer si el docente “no está en perfecta sintonía con la jerarquía de la confesión religiosa.
Esta sentencia no implica la readmisión de la docente, que lleva 12 años despedida. Hace menos de un mes se conocía una nueva sentencia del TSJA, recurrida ante el Tribunal Supremo, en la que se daba por extinguida la relación laboral rechazando su incorporación. El Supremo aún debe pronunciarse sobre la admisión del recurso y, posteriormente, pronunciarse.
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