El TSJA considera legal la discriminación a los interinos en un concurso de méritos
Anulada una resolución que tenían en cuenta la antigüedad de ambos trabajadores públicos
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado una resolución de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en la que tenía en cuenta, para un concurso de méritos, la antigüedad tanto de personal funcionario de carrera como de interinos.
En la resolución de un recurso presentado por el Sindicato Andaluz de Funcionarios, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) avala las bases originales del concurso de méritos y considera la distinción entre personal funcionario y personal interino.
“En orden a las exigencias de acceso o incorporación, sí existen elementos precisos y concretos que ponen de manifiesto una pronunciada diferenciación según se traten de la condición de funcionario de carrera o de funcionario interino”, señala es tribunal.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha señalado en un comunicado que más de 12.000 funcionarios estaban pendientes de esta resolución.
La sentencia es complementaria a resoluciones anteriores dictadas en Sevilla, por lo que el sindicato ha reclamado que la Junta resuelva el concurso de méritos y se ciña a las bases originales.
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