Écija pasa al TSJA la causa por el asalto de Sánchez Gordillo a un supermercado
La Fiscalía de Sevilla considera que el diputado de IU pudo ser "inductor y cooperador necesario"

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Écija se ha inhibido a favor del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en la causa que se sigue contra el diputado andaluz de IU Juan Manuel Sánchez Gordillo por su implicación en el asalto a un supermercado de la localidad sevillana el 7 de agosto.
El Juzgado atiende así la petición de la Fiscalía de Sevilla, que le pidió la inhibición al entender que el líder jornalero, aforado por su condición de parlamentario, pudo haber tomado parte en los hechos como "inductor y cooperador necesario" del delito.
Según han informado a Efe fuentes del TSJA, tras la inhibición el alto tribunal andaluz decidirá ahora si abre directamente diligencias o devuelve la causa al Juzgado de Écija para la práctica de nuevas pruebas.
Los hechos tuvieron lugar el pasado 7 de agosto, cuando alrededor de 200 miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) asaltaron uno de los tres supermercados que la cadena Mercadona tiene en Écija y sustrajeron nueve carros cargados de alimentos como leche, azúcar, arroz o legumbres.
El sindicato presentó el asalto, en el que hubo siete detenidos, como "una expropiación forzosa" y una acción simbólica, y aseguró que los alimentos sustraídos se iban a repartir a personas necesitadas.
Sánchez Gordillo está también siendo investigado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por su acción como piquete en Estepa (Sevilla) durante la huelga general del pasado 29 de marzo.
En el auto por el que se declaró competente para asumir esta causa, procedente del Juzgado de Instrucción número 1 de Estepa, el TSJA acordó incoar diligencias previas contra Sánchez Gordillo como aforado y contra otras tres personas que supuestamente participaron en los hechos del pasado 29 de marzo.
La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz, que investigará si el dirigente del SAT obligó a cerrar algunos establecimientos comerciales bajo amenazas y coacciones a los trabajadores, considera que los hechos en cuestión pueden ser constitutivos de cinco delitos contra los derechos de los trabajadores.
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