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El Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Operación Karlos

Solo el cabecilla, Carlos Carretero, y el inspector médico ingresarán en prisión

Francisco Casto (derecha), en Cádiz en mayo de 2011.
Francisco Casto (derecha), en Cádiz en mayo de 2011.EDUARDO RUIZ

El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación presentado por tres de los condenados en la Operación Karlos, la investigación sobre el cobro de pensiones fraudulentas en la provincia de Cádiz. No acepta los argumentos ni del inspector médico Francisco Casto, condenado a nueve años y medio de prisión, ni de María José Campanario ni de su madre, Remedios Torres, esposa y suegra respectivamente de Jesulín de Ubrique. Ambas fueron sentenciadas por la Audiencia Provincial a un año y 11 meses de cárcel. Este fallo no es firme, ya que todavía cabe recurso de amparo. Solo Casto y el cabecilla de la trama, Carlos Carretero, pisarán la prisión, ya que los demás condenados, entre ellos Campanario y su madre, no tendrán que entrar por ser penas inferiores a los dos años y carecer de antecedentes penales.

El Supremo tuvo que analizar y votar el fallo de los recursos interpuestos por las defensas de Campanario y Torres, que se hicieron de manera conjunta, y los de Francisco Casto, al que representaba el abogado Felipe Meléndez. Este letrado incluyó 24 motivos para anular la sentencia de la Audiencia Provincial. La mayor parte de ellos abordaba razones de nulidad, como las escuchas telefónicas en las que se basaba el caso, otros buscaban atenuantes sobre los delitos por los que había sido condenado, falsedad documental, estafa y cohecho.

El alto tribunal también rechaza los cinco motivos alegados por Campanario y su madre, quienes habían sido condenados por falsedad de documento oficial y tentativa de estafa. La Audiencia Provincial consideró probado que había intentado falsear el estado de salud de Remedios Torres para conseguir una pensión de invalidez que no le correspondía a cambio de dinero. El letrado de ambas, Francisco Baena Bocanegra, había alegado que la presunción de inocencia de sus clientas había sido alterada.

La mujer y la suegra de Jesulín, condenadas a un año y 11 meses de cárcel

El Supremo confirma el relato de los hechos considerado probado por la Audiencia Provincial. Carretero ideó un plan para beneficiarse económicamente de forma ilícita mediante la obtención fraudulenta de pensiones de incapacidad laboral para terceros. Captaba personas y les pedía dinero. Para ello necesitó de la ayuda del inspector médico Francisco Casto. Entre esos clientes, estuvo Remedios Torres, a quien su hija gestionó una baja laboral por minusvalía a pesar de no reunir los años cotizados necesarios. Carretero llegó a hacerle un falso contrato de limpiadora en una oficina de su propiedad en la que Torres nunca llegó a trabajar.

Esta nueva sentencia, aunque es recurrible, da por prácticamente zanjado el principal argumento de las defensas al avalar las escuchas telefónicas, que siempre fueron objeto de polémica durante toda la instrucción. Los letrados de los acusados recordaron que algunas de las grabaciones se hicieron en el transcurso de otra operación, la Halcón, sobre facturas falsas en empresas de la sierra de Cádiz. También destierra la intención del abogado de Campanario de influir en el Supremo con su reclamación de que su clienta había sido sometida a un juicio paralelo como alegó durante el juicio en la Audiencia Provincial cuando sostuvo alguna de sus más famosas frases. “Este es el juicio de la Campa”.

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