El juez archiva la causa contra un regidor de Torà por matar a tiros a un perro
El denunciado fue destituido del cargo de teniente de alcalde de la población leridana
El titular del Juzgado de Instrucción de Solsona (Solsonès, Lleida), Joan L. Cardona, ha dictado el sobreseimiento provisional de las actuaciones judiciales iniciadas el pasado mes de abril contra el teniente de alcalde del Ayuntamiento de Torà (Segarra), Josep Maria Alsina, denunciado por la muerte a tiros en la vía pública de un perro abandonado.
El magistrado, en la interlocutoria dictada el pasado 6 de junio, considera que los hechos denunciados por organizaciones defensoras de los animales y ecologistas no presentan indicios de ser constitutivos de un delito contra los animales domésticos, que castiga a quien, por cualquier medio o procedimiento, maltrate injustificadamente a un animal doméstico y le cause la muerte o lesiones que provoquen un menoscabo grave a su salud.
El juez señala que para la comisión de este delito no es suficiente causar la muerte del animal, sino que se ha de hacer “maltratándolo injustificadamente”. La jurisprudencia establece como requisitos para el delito infligir un maltrato de especial relevancia qué de como resultado la muerte o lesión grave.
El concejal denunciado y la alcaldesa, Mercè Valls, presente en los hechos, declararon que el animal murió a tiros de escopeta, concretamente de tres disparos, y negaron que el animal fuera rematado a bastonazos como afirmaron otros testigos.
El magistrado argumenta que, si disparar tres tiros a un animal podría considerarse un maltrato cuando se pretende deliberadamente causarle sufrimientos disparándole en lugares no vitales para alargar su muerte y sus dolores, no lo es cuando lo que se pretende es acabar con su vida “rápidamente y sin causarle sufrimientos”.
De las actuaciones, añade la interlocutoria del juez, se desprende que la intención de Alsina “era, efectivamente, matar a aquel animal”, pero no existe ningún indicio de que pretendiera maltratarlo ni causarle daños añadidos de manera voluntaria, sino que la intención era “acabar con el problema” que suponía el perro. La acción fue “muy rápida” y utilizó un medio “idóneo” para acabar con su vida.
El juez concluye que tampoco se ha identificado a ningún otro testigo presencial de los hechos que pueda aportar una versión distinta, de manera que la conducta del denunciado puede resultar “reprochable desde el punto de vista moral y social, y seguramente sancionable en vía administrativa”, pero no cumple los requisitos para ser castigada penalmente.
La entidad ecologista Ipcena de Lleida, una de las denunciantes, ha anunciado que recurrirá el archivo de las diligencias y califica la interlocutoria judicial de “injusta”, por entender que el hecho fue “un acto irracional e incívico que generó la repulsa mayoritaria de la sociedad y alarma social”. El teniente de alcalde denunciado fue destituido de sus funciones por la alcaldesa, aunque continúa como edil del Consistorio de Torà.
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