Móstoles recurre la sentencia que tumbó la regulación de las autoescuelas
El Ayuntamiento limitó los exámenes de conducir y las prácticas de las autoescuelas de fuera El TJSM sentenció que vulnera los principios de libertad de empresa y libre competencia

El Ayuntamiento de Móstoles ha recurrido la sentencia que dictó el pasado 19 de abril el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declara nulo el decreto que aprobó el Consistorio en 2008 para regular las prácticas de los vehículos de las autoescuelas en el municipio. La concejal de Participación Ciudadana y Administración Pública, Vanesa Martínez, ha anunciado esta mañana la decisión de la Junta de Gobierno de interponer un recurso de casación contra la sentencia, motivada por el recurso interpuesto por la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid.
En contra de la sentencia del TSJM, los servicios jurídicos del Ayuntamiento consideran que la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación, en su artículo 82, faculta al alcalde de Móstoles para regular, mediante un decreto, dichas prácticas de conducción de las autoescuelas en el término municipal. Dicho decreto "se limita a determinar los lugares y horarios para realizar las prácticas de conducción, y diferencia si se está realizando el control de aptitudes por los examinadores de la Jefatura Provincial de Tráfico o no", explican los servicios jurídicos.
Para los servicios jurídicos municipales, no es necesaria una ordenanza especial para regular las prácticas de conducción de la autoescuelas, como dice el TSJM, debido al carácter instrumental de los bandos o decretos de Alcaldía. Para resolver un "problema de movilidad del tráfico", el Ayuntamiento de Móstoles decidió en 2008 limitar los días y lugares en los que la Jefatura Provincial de Tráfico podía realizar exámenes de conducir en la ciudad —Tráfico realiza sus exámenes en dos municipios madrileños, Móstoles y Alcalá—. También limitó la realización de prácticas de las autoescuelas de fuera de la ciudad, para impedir que circularan los fines de semana y festivos y fuera de los horarios que el Ayuntamiento marcó. También estableció multas de hasta 300 euros para las autoescuelas que incumplieran la ordenanza.
Frente a la sentencia del TJSM, el recurso del Ayuntamiento defiende que el decreto no vulnera los principios de libertad de empresa y libre competencia, que deben entenderse como la concurrencia en igualdad de condiciones en el desarrollo de la actividad productiva. "La actividad que desarrollan las autoescuelas se lleva a cabo sin restricciones y en igualdad de condiciones, dentro de los días y horarios establecidos", defienden desde el Ayuntamiento.
La Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid ha remitido la sentencia del TSJM a los alcaldes de los municipios de Alcorcón, Villaviciosa de Odón y Boadilla del Monte para que "no sigan adelante con sus planes de limitar la entrada de las autoescuelas". "La sentencia ha llegado a tiempo, porque las prohibiciones se extendían como una mancha de aceite, y ya estaban siendo estudiadas en Ayuntamientos de Toledo y Cádiz. Esperamos que no cometan el mismo error”, relata Ricardo Cano, vicepresidente de la asociación.
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