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EL JUICIO POR EL FRAUDE DE LA HACIENDA DE IRÚN

El exsuperior de Bravo declara que nunca habló de cobrar en efectivo

El País
José María Bravo, al dirigirse al juicio.
José María Bravo, al dirigirse al juicio.JESÚS URIARTE

Juan Pardo San Gil, exresponsable de la Unidad de Coordinación de Oficinas Tributarias de la Hacienda guipuzcoana, aseguró ayer que se quedó “con los ojos a cuadros” al enterarse de que su subordinado, el jefe de la oficina de Irún, José María Bravo, había recibido cobros en metálico. Así lo aseguró ayer Pardo San Gil en el juicio que se sigue en la Audiencia de Gipuzkoa contra Bravo; su esposa, Rosa Cobos, y su socio Pedro Atristain, por el presunto fraude de la Hacienda de Irún.

Pardo explicó que no supo hasta 2006 que, pese a que había pedido que los ingresos de deudas tributarias no se hicieran en efectivo, en la oficina de Irún se seguía admitiendo dinero en metálico, informa Efe.

El testigo, quien estuvo imputado durante la instrucción del caso, aunque luego las actuaciones en su contra fueron sobreseídas, conoció estas irregularidades en una reunión con el entonces diputado de Hacienda, Juan José Mujika, lo que le dejó “con los ojos a cuadros” porque tenía a Bravo por “una persona cabal” y “de las más conocedoras del procedimiento”.

El pago en efectivo solo fue habitual hasta mediados de los noventa, y se suprimió en 2000. Pardo insistió en que Bravo no le dijo “en absoluto” que pensara seguir recibiendo cobros en metálico y puntualizó que, en la época que sí se admitían pagos en efectivo, las cuentas de caja siempre cuadraron. “Por supuestísimo”, dijo.

También declaró ayer Andrés Gómez, subdirector de Recaudación del fisco guipuzcoano, quien dijo que “nadie pensó” que, detrás de las “anomalías graves” detectadas en la auditoría de 2003 a la Hacienda foral hubiera “nada más que errores y mala praxis”, en ningún caso un delito.

A preguntas de las partes, el subdirector explicó que el reglamento “es taxativo” sobre el pago con cheques de deudas tributarias desde 2000, de manera que debe hacerse con “talones nominativos a nombre de Diputación o la Hacienda y conformados”. Si un cobro no se aplica a una deuda tributaria, ésta seguiría pendiente y el proceso adelante.

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Gómez explicó que en 2006 Mujika le llamó para decirle que un contribuyente de Zumaia le había comunicado que pagó una cantidad muy importante en metálico con la que quedaban saldadas sus deudas tributarias, una actuación “anómala y nada correcta”, pues “no existe ninguna posibilidad” de condonarlas.

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