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La Audiencia de Gipuzkoa confirma la condena a 10 años al joven Ander E.

La sentencia confirma en todos sus términos la decisión del Juzgado de Menores De no resolverse el recurso de apelación, el joven habría quedado en libertad el próximo jueves

El joven Ander E., a su llegada a una de las jornadas del juicio.
El joven Ander E., a su llegada a una de las jornadas del juicio.jesús uriarte

La Audiencia de Gipuzkoa ha confirmado hoy la condena a 10 años de internamiento en régimen cerrado y cinco más de libertad vigilada al joven de 18 años, Ander E., condenado por asesinar a Amaia Azkue, vecina de Zarautz. Además de las penas privativas de libertad, la sentencia prohíbe al joven acudir durante cinco años a los términos municipales de Zarautz, Getaria y Orio, en los que la víctima desarrollaba su vida habitualmente. Asimismo, le impide acercarse y comunicarse con los familiares directos de la fallecida durante otros dos años más y le obliga a indemnizarles con una suma total de 922.000 euros.

Las partes personadas en el caso han sido citadas a las 13:30 horas en la Audiencia para conocer el fallo sobre el recurso de apelación que presentó la defensa contra la sentencia en la que, el pasado 2 de abril, el Juzgado de Menores de San Sebastián condenó a su cliente por este crimen después de un complicado proceso.

El fallo de la Audiencia confirma en todos sus términos la decisión del Juzgado de Menores, que encontró al procesado responsable de los delitos de asesinato, robo con intimidación, sustracción de vehículo a motor y vulneración de la seguridad vial, al haber conducido el coche de la víctima sin tener carné de conducir.

Así, Ander E. ha sido condenado a la máxima pena que se puede imponer a un menor de 17 años, edad que tenía el procesado el 16 de marzo de 2011, cuando se produjeron los hechos. La vista por el recurso de apelación ante la Audiencia de Gipuzkoa tuvo lugar el pasado 7 de mayo y en ella la defensa reiteró la inocencia del joven y sugirió que el verdadero culpable del crimen sigue libre. La sentencia que hoy se ha hecho pública se ha notificado solo una semana después de este recurso, ya que falta muy poco para que venza el período de nueve meses en que un menor puede, por ley, permanecer en situación de internamiento provisional. De no haberse notificado tan pronto la resolución judicial, Ander E. habría sido puesto en libertad al cumplirse este plazo el próximo jueves.

La sentencia de la Audiencia, de la que ha sido ponente el magistrado Augusto Maeso, explica que la resolución del Juzgado de Menores "se basó en prueba de cargo más que suficiente" para acreditar que el acusado cometió el crimen. Asimismo, aclara que toda las pruebas se practicaron de forma legal y su conclusión resultó "meritoriamente explicada en la sentencia apelada, sin que, bajo ningún concepto" se pueda considerar "ilógica o irracional", como alegó la defensa del joven.

La resolución de la audiencia, de 52 páginas, insiste en que la aparición de restos biológicos del acusado y de la víctima en el cordón con el que ésta fue atada y en otros objetos, así como la confesión del procesado "cuando estaba siendo investigado por la Policía" llevan a la conclusión inequívoca de que "él fue el autor de los hechos". Respecto a la versión exculpatoria del menor, que aseguró que el autor del asesinato fue un hombre desconocido, "resulta irracional", para la Audiencia, y "no explica la existencia" de las evidencias biológicas en distintos artículos relacionados con el crimen.

La sentencia reconstruye todos los pormenores de los hechos ocurridos el 16 de marzo de 2011 sobre las 12:35 horas. El encausado abordó a Amaia Azkue en el aparcamiento de un hipermercado de Zarautz y, "guiado por el propósito de procurarse un beneficio económico", se coló en su vehículo, en el que ambos se desplazaron a otro lugar donde, "aprovechándose de su superioridad física" y "valiéndose" de las armas que portaba", una pistola de aire comprimido y un cuchillo, consiguió que la mujer le entregara dos tarjetas bancarias con correspondientes contraseñas secretas.

El encausado agredió por sorpresa con la culata de la pistola a la mujer, quien no amagó "siquiera una defensa". La resolución describe una segunda agresión contra la fallecida. No concreta el lugar en que se produjo pero describe que tuvo lugar cuando la perjudicada se encontraba ya "inconsciente" y el joven le pegó entre tres y cinco veces con una piedra en la región craneal. El joven se deshizo luego del cuerpo arrojándolo maniatado a las aguas del pantano de Ibai-Eder de Azpeitia.

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