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METRO BILBAO

Desestimada la demanda contra la congelación de sueldos de la plantilla

El Juzgado de lo Social concluye que la LPG del Estado es de obligado cumplimiento

El Juzgado de los Social nº4 de Bilbao ha desestimado la demanda interpuesta por el comité de empresa de Metro Bilbao por la decisión de la compañía de aplicar la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPG) y congelar con carácter retroactivo los sueldos de 2011 de sus 740 empleados por su condición de funcionarios. Dicha congelación de salarios obligó a los trabajadores a devolver el 4,5% de subida salarial de la que disfrutaron el pasado año, alrededor de 1.500 euros de media por persona, más de 1,1 millones en total.

El juez da la razón a la empresa y concluye que “el contenido del convenio colectivo ha resultado afectado por una ley de obligado cumplimiento”. Txema Oleaga, presidente del suburbano, explicó el 29 de diciembre de 2011 que la decisión de aplicar la congelación se había basado en un informe jurídico de un bufete de abogados -no quiso desvelar lo que había costado-, el cual, a su vez, había tenido en cuenta una sentencia emitida en verano por el Tribunal Constitucional referida a AENA y otros organismos mercantiles de titularidad pública.

“La LPG del Estado tiene el carácter de norma básica y, por lo tanto, su cumplimiento es obligado sin que los trabajadores puedan pretender un trato de favor en comparación con otros empleados públicos”, remarca la sentencia, sobre la que cabe recurso.

Aunque da la razón a Metro Bilbao, la magistrada se cuestiona si la empresa fue “todo lo diligente que cabe esperar de una sociedad pública mercantil”. “Esta medida [la congelación salarial] se podría haber efectuado mucho antes sin la necesidad de practicarla de forma retroactiva”, afirma. “La empresa tiene la obligación de operar las medidas que la ley marca, pero con sentido común”, agrega.

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