Absuelto un policía nacional de los delitos de asesinato y homicidio en tentativa
El agente fue perseguido hasta un polígono industrial de Fuenlabrada donde efectuó seis disparos con su arma particular y mató a un hombre de 21 años
Un policía nacional, Óscar G. M., de 33 años, ha sido absuelto por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid de los delitos de asesinato consumado y dos de homicidio en grado de tentativa, al considerar que el imputado actuó con la eximente completa de legítima defensa. Las acusaciones particulares pedían para el agente hasta 30 años de prisión, mientras que el fiscal rebajaba la solicitud hasta cinco años.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Ángel Guijarro López, mantiene que el policía tuvo un altercado mientras conducía su Opel Astra con un taxi Skoda el 1 de diciembre de 2007 en la autovía de Toledo (A-42). En el incidente hubo un intercambio de gestos y de frases. Los usuarios del taxi decidieron llamar al hermano de uno de ellos, que también conducía otro taxi (un Seat Toledo) para que fuera en su ayuda. "Durante varios kilómetros los tres vehículos circularon por la autovía adelantándose y circulando un coche junto a otro, hasta que al llegar a la altura del kilómetro 18 salieron para introducirse en el polígono de Los Gallegos en Fuenlabrada", recoge la sentencia.
El policía y los ocupantes de los dos taxis se bajaron de los vehículos, según el relato de hechos, momento en que los últimos se abalanzaron sobre el primero. Este sacó su arma reglamentaria (una Glock 26) y efectuó un disparo intimidatorio al aire. "A pesar de lo anterior, los ocupantes de los taxis continuaron en su acometida contra el procesado, llegando a golpearle y desequilibrarle, momento en el que realizó otros seis disparos, tres de los cuales alcanzaron a Alejandro G. C.; Raúl A. M. y Francisco Javier B. D.", según el fallo.
Alejandro G. C., de 21 años, recibió un disparo que le entró por la mejilla izquierda y le atravesó la región parietal y temporal. Le causó la muerte en el acto. Raúl A. M., sufrió un disparo en el hombro izquierdo y Francisco Javier B. D. en la zona lumbar.
Los jueces no han tenido en cuenta el testimonio de las víctimas y sus acompañantes y solo han valorado la del acusado y la de un testigo protegido. "Los ocupantes de los taxis se bajan de los vehículos con actitud claramente agresiva, lo que obliga al acusado, ante el temor que le infunde dicha reacción, a sacar el arma particular que portaba en su espalda y a hacer la advertencia de que es policía y a efectuar uno o dos disparos al aire, lo que no inquieta a sus atacantes, quienes se abalanzan sobre él y tratan de quitarle el arma, produciéndose en el forcejeo los restantes disparos con el resultado citado", recoge la sentencia.
Los jueces también han valorado las grabaciones de las cámaras de seguridad de una empresa del polígono industrial y el lugar donde fueron recogidos los casquillos, justo detrás de los dos taxis, lo que demuestra que sus ocupantes se desplazaron hacia el lugar donde aparcó el policía. Los peritos también explicaron que los disparos se efectuaron de abajo a arriba, por lo que el agente estaba caído o cayéndose. "Sin su conducta prepotente y desencadenante de los luctuosos hechos posteriores, estos no se hubieran producido", reprochan los magistrados.
La sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, mantiene que hubo una desproporción de atacantes de seis contra uno, que el policía mantuvo una respuesta "idónea y proporcional" y que hubo falta de provocación suficiente por parte del procesado. "Se da la eximente de la responsabilidad criminal como completa, tal y como auspiciaba la defensa del procesado", concluye el fallo.
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