Sanidade tendrá que pagar a la familia de un paciente que murió en lista de espera
Dos meses en espera para una prueba diagnóstica
Un constante aplazamiento de las citas médicas de la Seguridad Social abocó a la muerte en 2006 a J.C.P., un burelense de 50 años, tras un periplo de meses con una cefalea muy aguda que la sanidad pública gallega no llegó a tratar. Tras la denuncia presentada por el Defensor del Paciente, el Juzgado Contencioso de Santiago acaba de condenar ahora al Sergas a indemnizar con 52.000 euros a la viuda e hijas del fallecido.
El tribunal considera probado que el paciente murió mientras esperaba que le fuera practicada una prueba diagnóstica preferente que tiene un plazo de 30 días para realizarse. Y a J.C.P. no lo llamaron nunca. “Incluso varios meses después de la muerte del paciente seguía sin programarse”, hizo constar el abogado de la asociación de Defensa del Paciente, Cipriano Castreje. La sentencia considera que no hubo desatención al enfermo, pero sí un retraso constante de las citas que le fueron asignadas en los centros sanitarios del Sergas "sin justificación alguna", como tampoco encuentra justificación para la demora de la prueba complementaria que pidió con carácter preferente el especialista y que nunca llegó a practicársele. Con respecto a la salud de J.C.P. la sanidad pública “no tomó una decisión sobre su tratamiento”, destaca la sentencia.
Desde que J.P.C. comenzó a padecer fuertes cefaleas y hasta que falleció pasaron casi dos meses. Un goteo de citas médicas y sus aplazamientos pese a la confirmación del diagnóstico de un aneurisma sacular de siete milímetros de diámetro en la arteria comunicante anterior. El paciente fallecido fue diagnosticado del aneurisma el 12 de diciembre de 2006 mediante una resonancia a la que se sometió en un hospital privado de Lugo. Antes había padecido varios episodios de cefaleas muy agudas. Con el resultado de la resonancia en la mano, J.C.P. pidió cita, al día siguiente —el 13 de diciembre— en el servicio de Neurología del Hospital de Burela. Se la dieron para el 26 de ese mes, pero acabaron aplazándola para el 16 de enero.
En esa visita, el neurólogo de la Seguridad Social confirmó el diagnóstico anterior del hospital privado y consideró necesario realizar una prueba complementaria. El facultativo hizo la solicitud con carácter preferente al Juan Canalejo de A Coruña que se tramitó el 31 de enero. El 17 de febrero, el paciente fallecía sin haber sido sometido a la prueba. Estaba en casa esperando que lo citaran.
La titular del juzgado de Santiago justifica la responsabilidad patrimonial de la Administración —la condena a resarcir económicamente a la familia del fallecido— destacando la diferencia entre fuerza mayor (un imprevisto que exime de responsabilidad de la Administración) y caso fortuíto (eventos de desgaste intrínsecos al funcionamiento de los servicios públicos) del que la ley hace responsable a la Administración.La Asociación del Defensor del Paciente, señala que reclamaciones como ésta son habituales en Galicia, dada la magnitud de la lista de espera para pruebas diagnósticas.
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