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La fiscal del Supremo pide que se confirme la pena al juez Serrano

La defensa tilda de incongruente al ministerio público

El juez Francisco Serrano, el pasado octubre en Sevilla.
El juez Francisco Serrano, el pasado octubre en Sevilla.GARCÍA CORDERO

La fiscalía ha solicitado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo que confirme la sentencia que condenó al juez de Familia Francisco Serrano a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de custodia de un niño de 11 años para garantizar su salida como paje en una cofradía de la Semana Santa. El condenado ha expresado su "absoluta sorpresa" por la postura mantenida por el ministerio público, que ha tachado de "incongruente".

La fiscalía, que en principio pidió 10 años de inhabilitación para el magistrado, y tras el juicio retiró los cargos y solicitó su absolución, ahora pide que se confirme la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía. El abogado del magistrado asevera que la postura manifestada por el fiscal Luis Navajas en este caso "no puede ser más incongruente" con la mantenida por el fiscal que asistió al juicio celebrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), quien retiró la acusación contra el juez "y se alineó con las tesis de esta parte acerca de la impunidad de la conducta enjuiciada". Al hilo de ello, el letrado afirma: "Dicha incongruencia nos lleva a pensar en una clara quiebra del principio de unidad de actuación al ir en contra de la pretensión del propio fiscal del TSJA".

Este último participó en el desarrollo de la vista y "no sólo solicitó la absolución" del magistrado, sino que "incluso llegó a anunciar recurso de casación contra la sentencia alegando como motivo de casación la conculcación de precepto legal".

La fiscalía del TSJA retiró los cargos y solicitó su absolución

Tras insistir en que la actuación del juez Serrano "no sólo no fue imprudente sino que fue absolutamente correcta, en el ámbito de su competencia", algo que fue ratificado por la Audiencia Provincial de Sevilla hasta en dos ocasiones. Ahora se pregunta "cómo se debió defender" su representado frente a unos "elementos definidores de un delito que no aparecía reflejado en ninguna de las acusaciones, ni siquiera de forma alternativa".

Serrano "se vio sorprendido por una condena por parte del tribunal, pues en ningún momento, ni en la instrucción ni en el desarrollo de la vista, se pudo inferir que había existido una gravísima omisión de todas las reglas del procedimiento". Al tiempo que subraya que el juez "no solo se vio sorprendido por el reproche penal que le hace el Tribunal que le condena, sino que su sorpresa es aún mayor cuando se le condena por el dictado de una resolución manifiestamente injusta".

Según recuerda el abogado, el propio fiscal del TSJA retiró su acusación por delito doloso "al no existir prueba alguna de su comisión, rechazando expresamente y de plano la posibilidad de calificar la conducta como incardinada en el delito de prevaricación culposa".  "Toda la prueba practicada se dirigió a intentar demostrar la participación del juez en una estratagema o ardid procesal", una posibilidad que "fue descartada" asegura el abogado.

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