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La selva se volvió a teñir de negro

Un nuevo vertido de petróleo daña el patrimonio natural de la Amazonía después de que los habitantes de la zona alertasen del mal estado del oleoducto

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La historia de los vertidos petroleros en el Amazonas se repite. Si la selva se tiñó de negro junto a la comunidad indígena de Cuninico hace un año y medio por el derrame del Oleoducto Norperuano, esta vez, hace nada, se ha producido otro en el kilómetro 441 de la misma tubería, en el distrito de Imaza, provincia de Bagua, en la región de Amazonas. Ocurrió el 25 de enero de 2016 a tres kilómetros del rio Chiriaco, junto a la comunidad de Chiriaco.

El presidente de la Organización Regional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Norte del Perú (Orpian), Edwin Montenegro, presentó la denuncia ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y un escrito ante el Defensor del Pueblo pidiendo su intervención. Una semana después, el 4 de febrero, se produjo una nueva fisura de 55 centímetros en el kilómetro 206 del Oleoducto Norperuano, en el distrito de Morona, a 13 kilómetros de la comunidad nativa de Mayuriaga... Y vuelta a empezar...

Petroperú contesta

Antonio López

Tas un mes y un día esperando una respuesta de Petroperú, esta ha llegado finalmente este martes, un día después de la publicación de esta noticia. Esta es la respuesta de la compañía:

Desde la empresa indican que el vertido no causó daño potencial a la vida y salud de la población porque así lo han indicado las entidades gubernamentales DIGESA Y DIRESA.

Pregunta. ¿Existe una firme evidencia de que la rotura fue por la acción de un corte?

Respuesta. Existe una constatación de la fiscalía y de la policía según la cual la avería fue producida por la acción de terceros.

P. ¿Cómo verifican el estado de estas zonas y con qué frecuencia?

R. Existen planes de mantenimiento con un calendario anual y son informados y supervisado por OSINERGMIN, la entidad estatal competente para tal fin.

P. Aseguran en su carta que el oleoducto funciona con normalidad y es seguro. ¿Cómo justifican el vertido del pasado 25 de enero en el kilómetro 441? ¿Y el del kilómetro 206 en Mayuriaga?

R. En el caso del kilómetro 440 se debió a un súbito movimiento de tierras por causas atribuidas a la naturaleza y en el vertido del kilómetro 206 las causas aún están en investigación.

P. ¿Cuál es la cifra de barriles que manejan ustedes que se vertieron?

R. El plan de contingencia fue activado y aplicado de manera inmediata; en este sentido, fue posible contener, recuperar, limpiar y remediar el derrame dentro del canal de flotación, restaurando el ambiente a sus condiciones habituales

P. ¿Cómo es posible que nueve meses después del vertido, en el mismo lugar donde ocurrió, al meter un palo en el agua y remover el fondo, emerja petróleo?

R. Ese episodio no ocurrió ni en el canal de flotación ni en el lugar de la avería, si no en el terreno adyacente donde se habilitó un helipuerto para retirar los últimos sacos de tierra impregnada de crudo. Durante la época de crecida este terreno quedó sumergido y parte del crudo de los últimos sacos de tierra impregnada de hidrocarburo se filtró a la superficie. Cuando acabó la época de crecida se procedió a remover esta pequeña cantidad de tierra impregnada de hidrocarburo. Petroperú ha restaurado el área a sus condiciones naturales normales, pero si se presentara cualquier indicio de restos de crudo acudirá inmediatamente a retirarlo. Eso solo ha ocurrido en una ocasión, en el caso que menciona.

P. ¿Han pensado en indemnizar de alguna manera a los pescadores locales o hacer una campaña mediática que demuestre que los peces de la zona no están contaminados?

R. Para que se reconozca una indemnización debe haber daño a la salud y/o propiedad de las personas. Lo que debe certificarse con evidencia objetiva. No hay certificación sanitaria que indique contaminación de peces en la zona.

Aunque no todas las preguntas han obtenido respuesta y la siguientes han quedado sin contestación de Petroperú:

¿Por qué la empresa permitió construir un canal de descarga a los pobladores de la zona que conectaba el canal de flotación con el rio, siendo la instalación responsabilidad suya?

¿Cuántas fallas operativas de media se detectan al año?

¿Ha habido despidos a los responsables del control y contingencia del vertido de Cuninico?

¿Es efectivo en la época de crecidas el canal de flotación y las barreras de contención extendidas tras el vertido?

El 9 de marzo, la OEFA inició un procedimiento administrativo sancionador contra Petroperú, responsable del oleoducto, por los últimos vertidos. En este caso la multa podría superar los 20 millones de euros. El organismo difundió el 13 de febrero un documento informando a la ciudadanía de las acciones que está tomando frente a los últimos vertidos, y anunciando que dictará orden de que el mantenimiento del oleoducto se haga real, efectivo e inmediato. “En los tramos en los que el deterioro sea grave, se ordenará el reemplazo de la infraestructura correspondiente”. Habla de la situación de reincidencia, recordando el derrame de Cuninico y asegura: “Se ordenará a Petroperú ejecutar aceleradamente las acciones de remediación ambiental de las zonas afectadas por el derrame”. 

En el caso del vertido de Cuninico, al contrario que en el anterior, se aplicó la polémica Ley 30230, cuyo artículo 19 dice que por seis meses se preferirán medidas correctivas y preventivas y no sancionadoras, librando a la empresa de una multa millonaria. Sólo habrá sanción económica, aún no fijada, si después de este plazo, la empresa no ha cumplido con el requerimiento de reestablecer las condiciones del área impactada a su estado natural.

Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado y representante de los pueblos indígenas en sus pleitos contra la petrolera, se mostraba perplejo ante esta decisión, más aún después de escuchar las declaraciones en RPP noticias (minuto 13) de Manuel Pulgar Vidal, Ministro del Ambiente de Perú en las que reconoce que el Oleoducto Norperuano está obsoleto, que requiere una gran inversión y que “ha habido casos en los que la ausencia de mantenimiento ha generado el derrame de petróleo”.

La única sanción por el momento llegó el 18 de febrero del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), que sancionó con tres millones de euros a Petroperú por incumplimiento del Programa de Adecuación de Ductos por un procedimiento sancionador administrativo anterior a la entrada en vigor de dicha ley. La empresa, preguntada por este periódico, no ha querido dar su versión de los hechos.

Contra la Ley 30230, aprobada en junio de 2014, varias organizaciones indígenas y de la sociedad civil presentaron una demanda de inconstitucionalidad avalada con más de 10.000 firmas. Esta norma permite al Estado entregar tierras indígenas a proyectos de inversión, ignorando los derechos de propiedad sobre las tierras de los nativos y reduce la facultad sancionadora de la OEFA y su presupuesto, debilitando así la institucionalidad ambiental. “Se trata de un conjunto de normas articuladas. El objetivo que ellas plantean es la eliminación de los supuestos sobrecostos sociales y ambientales. Desmantelan aspectos significativos del sistema de protección del medio ambiente, y dejan en la indefensión el derecho al territorio de los pueblos indígenas”, opina Ruiz Molleda.

Respecto al derrame de Cuninico, según la Resolución del consejo directivo del OEFA número 044-2015-OEFA/CD, publicada el 3 de noviembre en El Peruano, se declara la existencia de responsabilidad administrativa de la empresa Petroperú, SA por el Incumplimiento del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental, por Incumplimiento del Plan de Contingencia al no detectar ni controlar a tiempo el derrame, y por generar daño real a la flora y fauna y daño potencial a la vida o salud humana.

En este informe se desestiman todas las alegaciones que presentó Petroperú. Se explica cómo el lugar donde se produjo la rotura podía llevar años descuidado, había perdido el elastómero que protege las juntas de soldadura y queda acreditado que la empresa no cumplió su propio Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA). Si se hubieran cumplido las revisiones, se habría detectado esa zona. En el punto 290 se observa que la aceleración del proceso corrosivo podría deberse tanto a un corte, como señala Petroperú, como a factores externos ambientales. En la última inspección con raspatubos inteligentes realizada en la zona de la rotura en 1999, 15 años antes del derrame, ya se detectaron anomalías por perdida de espesor en tres puntos cercanos al de la rotura (pgn. 565428 punto 290). A pesar de los resultados, nunca más se volvió a realizar una revisión de este tipo en este tramo ni se tomaron medidas correctivas posteriores. Las inspecciones externas, monitoreo de protección catódica, (protección anticorrosiva) realizadas ocho años antes del vertido, también daban resultados fuera de rango (pgn.  565431 punto 239). Las inspecciones visuales que Petroperú realizó en 2013 se centraron en otros aspectos pasando por alto ese tramo de tubería (pgn.565434 punto 256).

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería  ha sancionado con tres millones de euros a Petroperú por incumplimiento del Programa de Adecuación de Ductos, tras los últimos vertidos

La resolución del OEFA dicta que no detectaron ni controlaron a tiempo el vertido. No se prestó atención a la caída brusca de presión en el bombeo, que incluso llegó a impedir que la motobomba de succión entrara en funcionamiento, pasaron siete horas y 20 minutos desde la alarma hasta que se paró el bombeo. Tampoco fue motivo suficiente para detectar la rotura las revisiones de la tubería efectuadas tras la anomalía y la diferencia de barriles que salieron de la Estación 1 de bombeo y el recibido en la número 5 (2.318 barriles durante las pruebas de bombeo del día 28). No fue hasta el día 29 a las 3.10 cuando se da la alerta de fuga de petróleo. El día 30 el Apu de Cuninico, Galo Vasquez, comunica a la empresa la presencia de trazas de petróleo crudo en las aguas del rio Cuninico. El 1 de julio, nueve días después, Petroperú detecta el lugar exacto de la rotura y al día siguiente coloca una grapa provisional para detener la fuga de petróleo.

Quedaron libremente esparcidos más de 2.300 barriles desde el día de la rotura hasta que pararon el bombeo de crudo.

Respecto a la responsabilidad por generar daño real a la flora y fauna y potencial a la vida o salud humana, el OEFA dictaminó que tras los años, el canal se convirtió en parte del ambiente al albergar agua, flora y fauna de los medios aledaños. Se pudo verificar que el canal se encontraba conectado al río en el momento de la rotura a través de un canal de descarga, compartiendo sus aguas. En los análisis efectuados se aprecia la existencia de contaminación en las aguas del canal de descarga y del rio Cuninico. También queda acreditado que existe población en la zona de influencia del oleoducto, al encontrarse la comunidad de Cuninico a 500 metros del canal de flotación y que se han detectado sustancias tóxicas en el agua y el suelo que pueden ser ingeridas por la población a través de los alimentos o en el desarrollo d sus actividades económicas.

La crecida esparció el vertido de petróleo por todo el rio hasta entrar en las calles de Cuninico.
La crecida esparció el vertido de petróleo por todo el rio hasta entrar en las calles de Cuninico.A. L. D.

Ha pasado un año y medio desde el vertido y los pobladores de Cuninico siguen sufriendo sus efectos. Para Galo Vásquez, apu (alcalde) de Cuninico, los problemas son los mismos y no se han resuelto, agua contaminada, casos de alergias entre los niños al lavarse con agua del Marañón y pescado con sabor a petróleo. Un desastre para la salud y la economía de la comunidad basada en la pesca. Con la nueva crecida de este año, el petróleo que quedó depositado por los químicos en el suelo, ha vuelto a aflorar y a esparcirse. El último envío de pescado a Yurimaguas fue devuelto por su mal estado. Los compradores han desaparecido porque recelan del pescado de la zona. Los pescadores de Cuninico han pasado de suministrar pescado, a tener que comprarlo para poder comer.

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